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ORDEN de 6 de noviembre de 2000, de la Conselleria de Medio Ambiente, por la que se declaran 23 microrreservas vegetales en la provincia de Valencia. [2001/X674]

(DOGV núm. 3928 de 30.01.2001) Ref. Base Datos 0382/2001

ORDEN de 6 de noviembre de 2000, de la Conselleria de Medio Ambiente, por la que se declaran 23 microrreservas vegetales en la provincia de Valencia. [2001/X674]
Por medio del Decreto 218/1994, de 17 de octubre, del Gobierno Valenciano (DOGV núm. 2.379, de 3 de noviembre de 1994), se creó la figura de protección de especies denominada microrreserva vegetal.
Posteriormente, la Orden de 7 de diciembre de 1995, de la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente (DOGV núm. 2.658, de 2 de enero de 1995), estableció la regulación de la señalización de estas microrreservas.
Los distintos estudios realizados durante varios años por investigadores especialistas sobre la situación de las poblaciones de los taxones vegetales endémicos, raros o amenazados en el ámbito de la Comunidad Valenciana, han orientado sobre las prioridades para el establecimiento de microrreservas.
Prospecciones recientes sobre terrenos de titularidad pública o privada han acabado de perfilar las parcelas que se consideran óptimas para formar parte de la red de microrreservas de flora de la Comunidad Valenciana.
Desde 1996 se han establecido distintas líneas de subvención destinadas a propietarios de terrenos no incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública para el incremento de la red de microrreservas de flora de la Comunidad Valenciana.
Durante la tramitación de la presente orden se han cumplido los pasos procedimentales establecidos en el artículo quinto del Decreto 218/1994, y todas las microrreservas que se declaran cumplen los requisitos exigidos en el artículo tercero de dicho decreto.
Por todo lo anterior, visto lo que establece el Decreto 218/1994, de 17 de octubre, del Gobierno Valenciano, por el que se crea la figura de protección de especies denominada microrreserva vegetal y a propuesta de la Dirección General de Planificación y Gestión del Medio,
ORDENO
Primero
Se declaran en la provincia de Valencia las 23 microrreservas enunciadas a continuación:
Barranc de les Mollolades
Barranco de Jorge
Cañada Honda
Casa de Puchero
Casa dels Garcia
Cova de les Rates
El Capurutxo
El Fresnal
El Molón
Font del Cirer
Hoya del Muchacho
Las Hoyuelas
Los Altos de Enguera
Los Lavajos de Sinarcas, Lavajo de Abajo
Los Lavajos de Sinarcas, Lavajo de Arriba
Pico de la Nevera
Pico del Noño
Pla de Mora
Puntal del Boj
Río Bohígues
Río Ebrón
Umbría del Buixcarró
Umbría del Rodeno Tormé
Estas microrreservas quedan definidas en el anexo I, donde se especifican los siguientes términos:
Denominación
Límites
Superficie proyectada, medida en hectáreas
Término municipal
Titularidad del terreno
Especies y unidades de vegetación que son objeto prioritario de conservación. Para las unidades de vegetación se especifica el correspondiente Código Natura 2000 de la Directiva 97/62/CEE y del Real Decreto 1.193/1998, de 12 de junio (BOE núm. 151 del 25.06.98). Los códigos con asterisco identifican tipos de hábitats prioritarios a nivel europeo.
Plan de Gestión: actuaciones de conservación y limitaciones de uso
Segundo
No se considerarán como parte de las microrreservas, las pistas forestales, carreteras ni las construcciones (edificaciones, vértices geodésicos, antenas,...) preexistentes dentro de los límites establecidos para cada una de ellas.
Tercero
De acuerdo con la Orden de 7 de diciembre de 1995, de la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se regula la señalización de las microrreservas de flora (DOGV núm. 2.658, de 2 de enero de 1995), se procederá a la instalación de las correspondientes señales y elementos de indicación de límites.
Cuarto
Sin merma de la posibilidad de aplicar otras medidas adicionales, la conservación de la microrreserva conllevará la ejecución de las actuaciones indicadas en los Planes de Gestión, dentro de las posibilidades que permitan las Leyes anuales de Presupuestos Generales de la Generalitat Valenciana. Igualmente, para su adecuada conservación y gestión, se establecen, en los Planes de Gestión, limitaciones de uso
Quinto
La existencia de la microrreserva no implica prohibición para el ejercicio de la caza. No obstante, a iniciativa de los titulares del aprovechamiento cinegético, tramitada e informada desde el Servicio Territorial, podrá establecerse una Resolución de la Dirección General para la Planificación y Gestión del Medio por la que se exima del pago de la parte de matrícula del coto correspondiente a la superficie ocupada por la microrreserva y al perímetro adicional que puedan proponer al efecto, que constituirán una zona de reserva cinegética con carácter permanente, sin que ello implique una reducción de la superficie del terreno acotado del que forma parte.
Sexto
Para evitar el pisoteo generalizado de las microrreservas, que podría perjudicar el normal desarrollo de las poblaciones de plantas raras, endémicas o amenazadas, queda prohibido salirse de las sendas o caminos existentes. Dado el papel sustancial que los invertebrados y los hongos juegan a la hora de asegurar el correcto funcionamiento de las microrreservas, queda prohibida su captura o recolección. Se podrán autorizar excepciones a estas prohibiciones generales con fines educativos, científicos o conservacionistas.
Séptimo
Corresponde la gestión de estas microrreservas al Servicio Territorial de la Conselleria de Medio Ambiente en Valencia. Igualmente, corresponde al director Territorial conceder las autorizaciones correspondientes para desarrollo de actividades educativas, científicas y conservacionistas a desarrollar en la microrreserva, o para el levantamiento excepcional de prohibiciones establecidas en esta orden. En el caso de que se trate de peticiones de actividades para varias zonas entre las que esté incluida la microrreserva, y que afecten a dos o más provincias, corresponderá conceder las autorizaciones a la Dirección General de Planificación y Gestión del Medio.
Valencia, 6 de noviembre de 2000
El conseller de Medio Ambiente,
FERNANDO MODREGO CABALLERO
ANEXO I
Microrreserva: Barranc de les Mollolades
Límites: la microrreserva queda delimitada por el polígono cuyos vértices se corresponden con las siguientes coordenadas UTM sobre el huso 30:
Vértice X Y
1 727310 4308110
2 727354 4308089
3 727406 4308070
4 727403 4308018
5 727328 4308030
6 727277 4308048
Superficie proyectada: 0.7 ha
Término municipal: Castelló de Rugat.
Titularidad: terrenos propiedad de don José Climent Orts.
Especies prioritarias: Quercus humilis.
Unidades de vegetación prioritarias:
– Matorrales termomediterráneos y preestépicos (código Natura 2000: 5330)
– Galerías riparias termomediterráneas (código Natura 2000: 92D0)
Plan de gestión:
Actuaciones de conservación:
Instalación de cartel informativo con pictogramas.
Muestreo fitosociológico de las unidades de vegetación prioritarias.
Refuerzo poblacional de la especie Quercus humilis
Estabilización de antiguos bancales.
Eliminación de especies pirófitas y de biomasa residual.
Limitaciones de uso:
Quedan excluidas de la microrreserva todas aquellas actividades que conlleven una remoción del substrato o un daño de las plantas, incluida la recolección de cualquier tipo de material vegetal que tenga una finalidad diferente a la científica.
Queda prohibido el vertido de escombros en el interior de la microrreserva.
El acceso a la microrreserva queda restringido a los caminos ya existentes, con el fin de evitar los procesos erosivos en el resto de la misma.
Microrreserva: Barranco de Jorge
Límites: la microrreserva queda delimitada por el polígono cuyos vértices se corresponden con las siguientes coordenadas UTM:
Vértice X Y
1 662278 4433780
2 662473 4433796
3 662495 4433664
4 662244 4433474
5 662078 4433422
6 661969 4433687
Superficie proyectada: 11.87 ha
Término municipal: Puebla de San Miguel
Titularidad: Monte propiedad del Ayuntamiento de Puebla de San Miguel, Puebla de San Miguel, nº 55 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública.
Especies prioritarias: Ribes uva-crispa, Taxus baccata, Arceuthobium oxycedri, Dianthus turolensis, Juniperus thurifera, Biscutella turolensis, Saxifraga cuneata subsp. latepetiolata, Acer monspessulanum
Unidades de vegetación prioritarias:
– Matorrales arborescentes de Juniperus (Código Natura 2000: 5210)
– Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica (Código Natura 2000: 8210)
– Bosques mediterráneos de Taxus baccata (Código Natura 2000: 9580)
– Pinares (sud-) mediterráneos de pinos negros endémicos (Código Natura 2000: 9530).
Plan de gestión
Actuaciones de conservación:
Instalación de cartel informativo con pictogramas
Censo y seguimiento periódico de las especies prioritarias.
Recolección de semillas de Ribes uva-crispa, Taxus baccata, Juniperus thurifera y depósito en banco de germoplasma
Refuerzo poblacional de las especies Ribes uva-crispa, Taxus baccata, Juniperus thurifera.
Muestreo fitosociológico de las unidades de vegetación prioritarias.
Control de la vegetación arbustiva durante los periodos de reposo vegetativo para favorecer el desarrollo de las especies heliófilas
Eliminación de la vegetación nitrófila
Control de la erosión del substrato
Realización de experiencias encaminadas a determinar el impacto del ramoneo sobre la vegetación mediante la exclusión de herbívoros mediante el vallado de parcelas
Eliminación de especies alóctonas que por su carácter invasivo dificulten el desarrollo normal de la vegetación autóctona.
Aclareo gradual de ejemplares de Pinus halepensis / Pinus pinaster con objeto de favorecer la regeneración de Quercus rotundifolia / Quercus pyrenaica
Colocación de un vallado perimetral a la microrreserva, realizado con rollizos de madera unidos por una cuerda gruesa
Retirada de cualquier tipo de material residual del interior de la microrreserva o de zonas adyacentes
Realización de tareas de naturalización y recuperación del encinar/matorral de la zona , con eliminación selectiva y progresiva de los pies menos desarrollados de los pinos , evitando la alteración del perfil del suelo y de la vegetación ya consolidada
Extracción por motivos fitosanitarios o para evitar daños por caída sobre las personas o las poblaciones de especies protegidas o amenazadas
Estabilización y mejora de los caminos existentes para evitar la erosión actual y para canalizar el tránsito de las personas por el interior de la microrreserva
Limitaciones de uso:
En caso de observarse una degradación de la vegetación existente en la microrreserva como consecuencia de un exceso de visitantes, se regularán las visitas, dando prioridad a las de carácter científico
Quedan excluidas las labores silvícolas, incluidas los aclareos, repoblaciones o aprovechamientos madereros, que no se contemplen en el apartado anterior. En el caso de que éstos se realicen, deberá respetarse un radio mínimo de 100 metros alrededor del perímetro de la microrreserva dentro del monte de utilidad pública, en el que dichas actividades estén sensiblemente atenuadas.
Quedan excluida de la microrreserva todas aquellas actividades que conlleven una remoción del sustrato o un daño a las plantas, incluida la recolección de cualquier tipo de material vegetal que tenga una finalidad diferente científica.
Colocación de una cadena que cierre el acceso a la microrreserva para impedir el acceso de vehículos al interior de la misma.
Queda prohibido el vertido de escombros en el interior de la microrreserva.
El acceso a la microrreserva queda restringido a los caminos ya existentes, con el fin de evitar los procesos erosivos en el resto de la misma.
Quedan prohibidas las actividades de escalada en el ámbito de la microrreserva, excepto autorización expresa por motivos científicos o conservacionistas.
Microrreserva: Cañada Honda
Límites: la microrreserva queda delimitada por el polígono cuyos vértices se corresponden con las siguientes coordenadas UTM sobre el huso 30:
Vértice X Y
1 645854 4381660
2 645825 4381641
3 645777 4381675
4 645761 4381682
5 645740 4381701
6 645723 4381722
7 645690 4381750
8 645669 4381781
9 645650 4381773
10 645658 4381727
11 645667 4381712
12 645680 4381706
13 645738 4381662
14 645746 4381643
15 645694 4381670
16 645640 4381697
17 645616 4381716
18 645593 4381777
19 645654 4381801
20 645669 4381801
21 645705 4381755
22 645745 4381728
23 645772 4381701
24 645816 4381681
Superficie proyectada:1.09 ha
Término municipal: Caudete de las Fuentes.
Titularidad: terrenos propiedad de don José Mª Alfonso Iranzo Pérez-Duque.
Especies prioritarias: Fumana hispidula, Paronychia aretioides,
Unidades de vegetación prioritarias:
– Formaciones de Juniperus (código Natura 2000: 5210).
– Matorral termo-mediterráneo y pre-estépico (código Natura 2000: 5330)
Plan de gestión:
Actuaciones de conservación:
Instalación de cartel informativo con pictogramas.
Muestreo fitosociológico de las unidades de vegetación prioritarias.
Refuerzo poblacional de la especie Quercus rotundifolia.
Clareo de los ejemplares de Pinus halepensis próximos a ejemplares de Quercus rotundifolia con objeto de favorecer el desarrollo vegetativo de ésta especie.
Diseño y señalización de sendas ecoeducativas.
Implantación de métodos biológicos para el control de la procesionaria.
Creación en el terreno ocupado por la microrreserva de infraestructuras e instalación de elementos adecuados para atraer y conservar la fauna útil.
Limitaciones de uso:
Quedan excluidas de la microrreserva todas aquellas actividades que conlleven una remoción del substrato o un daño a las plantas, incluida la recolección de cualquier tipo de material vegetal que tenga una finalidad diferente a la científica.
Queda prohibido el vertido de escombros en el interior de la microrreserva.
El acceso a la microrreserva queda restringido a los caminos ya existentes, con el fin de evitar los procesos erosivos en el resto de la misma.
Microrreserva: Casa de Puchero
Límites: la microrreserva queda delimitada por el polígono cuyos vértices se corresponden con las siguientes coordenadas UTM sobre el huso 30:
Vértice X Y
1 666712 4358646
2 666663 4358620
3 666600 4358560
4 666567 4358428
5 666550 4358334
6 666546 4358285
7 666543 4358253
8 666545 4358243
9 666548 4358226
10 666552 4358198
11 666628 4358181
12 666738 4358534S
Superficie proyectada: 5,2 ha
Término municipal: Requena.
Titularidad: Terrenos propiedad de doña Amparo López García.
Especies prioritarias: Iberis ciliata subsp vinetorum, Scabiosa turolensis subsp turolensis, Thymus piperella.
Unidades de vegetación prioritarias:
– Matorral termomediterráneo y preestépico (código Natura 2000: 5330)
– Pinares (sud-) mediterráneos de pinos negros endémicos (código Natura 2000: 9530)
– Bosques mediterraneos de frondosas esclerófilas (código Natura 2000: 9340).
Plan de gestión:
Actuaciones de conservación:
Delimitación del área mediante piquetas.
Censo y seguimiento periódico de las especies prioritarias.
Recolección de semillas de las especies Iberis ciliata subsp vinetorum, Scabiosa turolensis subsp turolensis y depósito en banco de germoplasma.
Muestreo fitosociológico de las unidades de vegetación prioritarias.
Refuerzo poblacional de las especies Quercus rotundifolia. Si existe la posibilidad las plantas reintroducidas deberían proceder de semillas obtenidas de la propia microrreserva o de territorios tan cercanos como sea posible.
Ejecución de rozas y desbroces selectivos en la comunidad Pinus halepensis, durante el invierno. Dichas rozas deben efectuarse de modo selectivo, no eliminando ninguna especie de las consideradas prioritarias. Es decir deben limitarse a la eliminación de las especies pirófitas.
Aclareo de los ejemplares jóvenes de Pinus halepensis.
Limitaciones de uso:
En caso de observarse una degradación de la vegetación existente en la microrreserva como consecuencia de un exceso de visitantes, se regularán las visitas, dando prioridad a las de carácter científico.
Quedan excluidas de la microrreserva todas aquellas actividades que conlleven una remoción del substrato o un daño a las plantas, incluida la recolección de cualquier tipo de material vegetal que tenga una finalidad diferente a la científica.
Queda prohibido el vertido de escombros en el interior de la microrreserva.
El acceso a la microrreserva queda restringido a los caminos ya existentes, con el fin de evitar los procesos erosivos en el resto de la misma.
Microrreserva: Casa dels García
Límites: la microrreserva queda delimitada por el polígono cuyos vértices se corresponden con las siguientes coordenadas UTM sobre el huso 30:
Vértice X Y
1 735688 4313901
2 735717 4313860
3 735857 4313746
4 735808 4313642
5 735655 4313729
6 735541 4313758
7 735481 4313813
8 735524 4313874S
Superficie proyectada:5,1 ha
Término municipal: Rótova.
Titularidad: Terrenos propiedad del Centre Excursionista de Ròtova.
Especies prioritarias: Sedum sediforme subsp. dianium, Anthyllis onobrychioides, Centaurea spachii, Centaurea rouyii, Cytisus heterochrous, Arbutus unedo, Dictamnus hispanicus.
Unidades de vegetación prioritarias:
– Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica (código Natura 2000: 8210)
– Matorral termomediterráneo y preestépico (código Natura 2000: 5330)
Plan de gestión:
Actuaciones de conservación:
Instalación de cartel informativo con pictogramas.
Censo y seguimiento periódico de las especies prioritarias.
Recolección de semillas de las especies Sedum sediforme subsp. dianium, Anthyllis onobrychioides, Centaurea rouyii, Cytisus heterochrous, Arbutus unedo y depósito en banco de germoplasma.
Muestreo fitosociológico de las unidades de vegetación prioritarias.
Refuerzo poblacional de la especie Arbutus unedo, Dictamnus hispanicus, Myrtus commnunis, Fraxinus ornus preferiblemente con material proveniente de la propia microrreserva, con plantas obtenidas a partir de semillas, o en su defecto a partir de esquejes.
Ejecución de rozas y desbroces selectivos en la comunidad de coscojar y lentiscar con madroño, durante el invierno. Dichas rozas deben efectuarse de modo selectivo, no eliminando ninguna especie de las consideradas prioritarias. Es decir deben limitarse a la eliminación de las especies pirófitas.
Aclareo de los ejemplares jóvenes de Pinus halepensis, que tras el incendio han colonizado muy densamente los bancales abandonados.
Mantenimiento de los senderos.
Creación y señalización de sendas ecoeducativas.
Limitaciones de uso:
En caso de observarse una degradación de la vegetación existente en la microrreserva como consecuencia de un exceso de visitantes, se regularán las visitas, dando prioridad a las de carácter científico.
Quedan excluidas de la microrreserva todas aquellas actividades que conlleven una remoción del substrato o un daño a las plantas, incluida la recolección de cualquier tipo de material vegetal que no esté contemplada en los apartados anteriores o tenga una finalidad diferente a la científica.
Queda prohibido el vertido de escombros en el interior de la microrreserva.
El acceso a la microrreserva queda restringido a los caminos ya existentes, con el fin de evitar los procesos erosivos en el resto de la misma.
Quedan prohibidas las actividades de escalada en el ámbito de la microrreserva, excepto autorización expresa por motivos científicos o conservacionistas.
Microrreserva: Cova de les Rates
Límites: la microrreserva queda delimitada por el polígono cuyos vértices se corresponden con las siguientes coordenadas UTM sobre el huso 30:
Vértice X Y
1 736594 4313112
2 736643 4313035
3 736567 4312932
4 736419 4312928
5 736329 4313034
6 736346 4313112
Superficie proyectada: 3,8 ha
Término municipal: Rótova.
Titularidad: Terrenos propiedad del Centre Excursionista de Ròtova.
Especies prioritarias: Sedum sediforme subsp. dianius, Myrtus communis, Anthyllis onobrychioides, Biscutella montana, Centaurea spachii.
Unidades de vegetación prioritarias:
– Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica (Código Natura 2000: 8210)
– Prados calcáreos cársticos o basófilos del Alysso-Sedion albi (Código Natura 2000: 6110)
– Matorral termomediterráneo y preestépico (código Natura 2000: 5330)
Plan de gestión:
Actuaciones de conservación:
Instalación de cartel informativo con pictogramas.
Censo y seguimiento periódico de las especies prioritarias.
Recolección de semillas de las especies Myrtus communis, Anthyllis onobrychioides, Biscutella montana, Centaurea spachii y depósito en banco de germoplasma.
Muestreo fitosociológico de las unidades de vegetación prioritarias.
Refuerzo poblacional de las especies Fraxinus ornus y reintroducción de Acer granatense. Si existe la posibilidad las plantas reintroducidas deberían proceder de semillas obtenidas de la propia microrreserva o de territorios tan cercanos como sea posible.
Ejecución de rozas y desbroces selectivos en la comunidad de matorral calcícola mediterráneo, con Pinus halepensis, durante el invierno. Dichas rozas deben efectuarse de modo selectivo, no eliminando ninguna especie de las consideradas prioritarias. Es decir deben limitarse a la eliminación de las especies pirófitas.
Limitaciones de uso:
En caso de observarse una degradación de la vegetación existente en la microrreserva como consecuencia de un exceso de visitantes, se regularán las visitas, dando prioridad a las de carácter científico.
Quedan excluidas de la microrreserva todas aquellas actividades que conlleven una remoción del substrato o un daño a las plantas, incluida la recolección de cualquier tipo de material vegetal que no esté contemplada en los apartados anteriores o tenga una finalidad diferente a la científica.
Queda prohibido el vertido de escombros en el interior de la microrreserva.
El acceso a la microrreserva queda restringido a los caminos ya existentes, con el fin de evitar los procesos erosivos en el resto de la misma.
Quedan prohibidas las actividades de escalada en el ámbito de la microrreserva, excepto autorización expresa por motivos científicos o conservacionistas.
Microrreserva: El Capurutxo
Límites: la microrreserva queda delimitada por el polígono cuyos vértices se corresponden con las siguientes coordenadas UTM:
Vértice X Y
1 681362 4296558
2 681685 4296997
3 681873 4297055
4 681954 4296992
5 682655 4297399
6 682662 4297277
7 682080 4296963
8 681755 4296922
9 681445 4296502
Superficie proyectada: 15,12 ha
Término municipal: La Font de la Figuera.
Titularidad: Monte propiedad del Ayuntamiento de La Font de la Figuera, Caleruelo y agregados, nº 94 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública.
Especies prioritarias: Linaria cavanillesii, Rhamnus pumilus, Cytisus scoparius subsp. reverchonii, Genista pumila, Campanula viciosoi, Sarcocapnos saetabensis, Stoibrax dichotomum, Asperula cynanchica
Unidades de vegetación:
– Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica (código Natura 2000: 8210)
– Matorral termomediterráneo y preestépico (código Natura 2000: 5330)
Plan de gestión
Actuaciones de conservación
Instalación de cartel informativo con pictogramas
Censo y seguimiento periódico de las especies Rhamnus pumilus, Linaria cavanillesii, Cytisus scoparius subsp. reverchonii.
Recolección de semillas de las especies Rhamnus pumilus, Linaria cavanillesii, Cytisus scoparius subsp. reverchonii y depósito en banco de germoplasma
Muestreo fitosociológico de las unidades de vegetación prioritarias
Control de la erosión del substrato en el sendero que bordea la microrreserva
Realización de tareas de naturalización y recuperación del encinar/matorral de la zona, con eliminación selectiva y progresiva de los pies menos desarrollados de los pinos, evitando la alteración del perfil del suelo y de la vegetación ya consolidada
Estabilización y mejora de los caminos existentes para evitar la erosión actual y para canalizar el tránsito de las personas por el interior de la microrreserva.
Limitaciones de uso:
Quedan reguladas las actividades de escalada en el ámbito de la microrreserva, previa autorización.
En caso de observarse una degradación de la vegetación existente en la microrreserva como consecuencia de un exceso de visitantes, se regularán las visitas, dando prioridad a las de carácter científico
Quedan excluidas las labores silvícolas no contempladas en el apartado anterior. En el caso de que este tipo de tareas se realicen deberá respetarse un radio mínimo de 100 m alrededor del perímetro de la microrreserva dentro del monte de utilidad pública.
Quedan excluidas las actividades que conlleven una remoción del substrato o un daño a las plantas, incluida la recolección de cualquier tipo de material vegetal que tenga una finalidad diferente a la científica
Queda prohibido el vertido de escombros en el interior de la microrreserva
El acceso a la microrreserva queda restringido a los caminos ya existentes, con el fin de evitar los procesos erosivos en el resto de la misma
Microrreserva: El Fresnal
Límites: la microrreserva queda delimitada por el polígono cuyos vértices se corresponden con las siguientes coordenadas UTM:
Vértice X Y
1 675783 4365674
2 675773 4365640
3 675771 4365642
4 675558 4365684
5 675580 4365721
Superficie proyectada: 0.796 ha
Término municipal: Buñol.
Titularidad: Monte consorciado propiedad del Ayuntamiento de Buñol V-3003, La Cabrera, Sierra de Malacara y el Quixal, nº 66 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública.
Especies prioritarias: Fraxinus ornus, Cytisus heterochrous, Lathyrus tremolsianus, Genista valentina, Aster aragonensis, Buxus sempervirens, Acer granatense, Trisetum velutinum, Thymus pipperella.
Unidades de vegetación:
– Fresnedas de flor con arces: Viburno tini-Fraxinetum orni (Código natura 2000: 91B0 fresnedas termófilas)
– Bosques mixtos de fresnos de flor con quejigos: Fraxino orni-Quercetum faginae (Código natura 2000: 9240 robledales ibéricos de Quercus faginea)
– Comunidades de roquedos calcáreos: Teucrion buxifolii (Código natura 2000: 8210 pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica).
Plan de gestión:
Actuaciones de conservación:
Instalación de cartel informativo con pictogramas.
Censo y seguimiento periódico de la especie, Genista valentina, Aster aragonensis, Trisetum velutinum.
Recolección de semillas de las especies Fraxinus ornus, Cytisus heterochrous, Lathyrus tremolsianus, Genista valentina, Aster aragonensis, Buxus sempervirens, Acer granatense, Trisetum velutinum y depósito en banco de germoplasma.
Muestreo fitosociológico de las unidades de vegetación prioritarias.
Retirada de cualquier tipo de material residual del interior de la microrreserva o de zonas adyacentes.
Refuerzo poblacional de las especie Fraxinus ornus.
Limitaciones de uso:
En caso de observarse una degradación de la vegetación existente en la microrreserva como consecuencia de un exceso de visitantes, se regularán las visitas, dando prioridad a las de carácter científico.
Quedan excluidas de la microrreserva todas aquellas actividades que conlleven una remoción del substrato o un daño a las plantas, incluida la recolección de cualquier tipo de material vegetal que tenga una finalidad diferente a la científica.
Queda prohibido el vertido de escombros en el interior de la microrreserva.
El acceso a la microrreserva queda restringido a los caminos ya existentes, con el fin de evitar los procesos erosivos en el resto de la misma.
Quedan prohibidas las actividades de escalada en el ámbito de la microrreserva, excepto autorización expresa por motivos científicos o conservacionistas.
Microrreserva: El Molón
Límites: la microrreserva queda delimitada por el polígono cuyos vértices se corresponden con las siguientes coordenadas UTM sobre el huso 30:
Vértice X Y
1 637552 4392156
2 637607 4392205
3 637538 4392294
4 637479 4392292
5 637424 4392267
6 637361 4392202
7 637383 4392150
8 637443 4392101
9 637463 4392095
10 637496 4392114
11 637520 4392119
Superficie proyectada: 3 ha
Término municipal: Camporrobles.
Titularidad: terrenos propiedad del Ayuntamiento de Camporrobles
Especies prioritarias: Armeria filicaulis, Phyllitis scolopendrium, Pimpinella tragium
Unidades de vegetación prioritarias:
– Matorrales arborescentes de Juniperus (código Natura 2000: 5210)
– Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica (código Natura 2000:8210)
– Cuevas no accesibles al público (código Natura 2000: 8310)
Plan de gestión:
Actuaciones de conservación:
Instalación de cartel informativo con pictogramas.
Seguimiento periódico de la población de Phyllitis scolopendrium.
Recolección de semillas de las especies Armeria filicaulis y Pimpinella tragium y depósito en banco de germoplasma.
Muestreo fitosociológico de las unidades de vegetación prioritarias.
Vallado de la sima que alberga la población de Phyllitis scolopendrium
Vallado experimental con objeto de determinar el impacto del ramoneo por ganado ovino.
Limitaciones de uso:
Control del pastoreo en el área de la microrreserva.
Quedan excluidas las labores silvícolas, incluidas los aclareos, repoblaciones o aprovechamientos madereros. En el caso de que éstos se realicen, deberá respetarse un radio mínimo de 100 metros alrededor del perímetro de la microrreserva dentro del monte de utilidad pública, en el que dichas actividades estén sensiblemente atenuadas.
Quedan excluidas de la microrreserva todas aquellas actividades que conlleven una remoción del substrato o un daño a las plantas, incluida la recolección de cualquier tipo de material vegetal que tenga una finalidad diferente a la científica.
Queda prohibido el vertido de escombros en el interior de la microrreserva.
El acceso a la microrreserva queda restringido a los caminos ya existentes, con el fin de evitar los procesos erosivos en el resto de la misma.
Microrreserva: Font del Cirer
Límites: la microrreserva queda delimitada por el polígono cuyos vértices se corresponden con las siguientes coordenadas UTM:
Vértice X Y
1 734257 4323127
2 734067 4323146
3 734043 4323136
4 733972 4323029
5 733914 4323017
6 733988 4322941
7 734116 4323032
8 734232 4323020
Superficie proyectada: 3,5 ha
Término municipal: Simat de la Valldigna.
Titularidad: terrenos propiedad del Ayuntamiento de Simat de la Valldigna.
Especies prioritarias: Antirrhinum valentinum, Echium setabense, Arenaria valentina, Centaurea rouyi, Fraxinus ornus
Unidades de vegetación prioritarias:
– Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica (código Natura 2000: 8210)
Plan de gestión
Actuaciones de conservación:
Instalación de cartel informativo con pictogramas.
Censo y seguimiento periódico de las especies Antirrhinum valentinum, Echium setabense.
Recolección de semillas de las especies Antirrhinum valentinum, Echium setabense y depósito en banco de germoplasma.
Refuerzo poblacional de las especie Antirrhinum valentinum.
Muestreo fitosociológico de las unidades de vegetación prioritarias.
Eliminación de la vegetación nitrófila.
Control de la erosión del sustrato mediante mallas metálicas que eviten los desprendimientos.
Colocación de un vallado perimetral a la microrreserva, realizado con rollizos de madera unidos por una cuerda gruesa.
Retirada de los materiales residuales del perímetro de la microrreserva o de zonas adyacentes.
Limitaciones de uso:
Quedan prohibidas las actividades de escalada en el ámbito de la microrreserva, excepto autorización expresa por motivos científicos o conservacionistas.
Quedan excluidas de la microrreserva todas aquellas actividades que conlleven un daño a las plantas, incluida la recolección de cualquier tipo de material vegetal que tenga una finalidad diferente a la científica.
Queda prohibido el vertido de escombros en el interior de la microrreserva.
Microrreserva: Hoya del Muchacho
Límites: la microrreserva queda delimitada por el polígono cuyos vértices se corresponden con las siguientes coordenadas UTM sobre el huso 30:
Vértice X Y
1 662023 4354941
2 662072 4355165
3 662195 4355039
4 662245 4354955
5 662252 4354925S
Superficie proyectada: 2.99 ha
Término municipal: Requena.
Titularidad: terrenos propiedad de la Comunidad Budista Soto Zen.
Especies prioritarias: Fumana hispidula, Helianthemum cinereum subsp. cinereum, Thymus pipperella, Satureja intricata, Biscutella valentina
Unidades de vegetación prioritarias:
– Pinares (sud-) mediterráneos de pinos negros endémicos (código Natura 2000: 9530).
– Matorral termomediterráneo y preestépico (código Natura 2000: 5330)
– Zonas subestépicas de gramíneas y anuales de la Thero-Brachypodietea (código Natura 2000: 6220)
Plan de gestión:
Actuaciones de conservación:
Instalación de cartel informativo con pictogramas.
Censo y seguimiento periódico de las especies prioritarias.
Muestreo fitosociológico de las unidades de vegetación prioritarias.
Ejecución de rozas y desbroces selectivos en la comunidad de matorral calcícola mediterráneo, con Pinus halepensis, durante el invierno. Dichas rozas deben efectuarse de modo selectivo, no eliminando ninguna especie de las consideradas prioritarias, es decir deben limitarse a la eliminación de las especies pirófitas.
Reintroducción de especies frondosas (Quercus rotundifolia, Q. faginea, Fraxinus ornus) en las zonas más umbrías del barranco.
Mantenimiento y estabilización de senderos.
Limitaciones de uso:
Quedan excluidas de la microrreserva todas aquellas actividades que conlleven una remoción del sustrato o un daño a las plantas, incluida la recolección de cualquier tipo de material vegetal que tenga una finalidad diferente a la científica.
Queda prohibido el vertido de escombros en el interior de la microrreserva.
El acceso a la microrreserva queda restringido a los caminos ya existentes, con el fin de evitar los procesos erosivos en el resto de la misma.
Microrreserva: Las Hoyuelas
Límites: la microrreserva queda delimitada por el polígono cuyos vértices se corresponden con las siguientes coordenadas UTM sobre el huso 30:
Vértice X Y
1 651571 4403527
2 651573 4403545
3 651604 4403561
4 651627 4403539
5 651637 4403545
6 651667 4403531
7 651700 4403513
8 651740 4403509
9 651770 4403511
10 651795 4403503
11 651808 4403490
12 651792 4403475
13 651765 4403467
14 651729 4403463
15 651725 4403467
16 651710 4403465
17 651681 4403486
18 651629 4403512
19 651605 4403517
20 651601 4403521
Superficie proyectada: 1,11 ha
Término municipal: Sinarcas.
Titularidad: terrenos propiedad de don Juan Antonio Galiano Ramírez.
Especies prioritarias: Quercus faginea, Pimpinella gracilis, Equisetum telmateja, Lonicera peryclimenum subsp. hispanica, Carex pendula, Lithospermum officinale
Unidades de vegetación prioritaria:
– Bosques ibéricos de Quercus faginea (código Natura 2000: 9240)
– Pinares mediterráneos con pinos endémicos mesógeos (código Natura 2000: 9540)
– Bosques de galería de Salix alba y Populus alba (código Natura 2000: 92A0)
– Manantiales carbonatados con formación de tobas calizas (código Natura 2000: 7220)
– Juncales y herbazales de megaforbios mediterráneos (código Natura 2000: 6420)
– Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos (Nerio-Tamaricietea) (código Natura 2000: 92DO)
Plan de gestión:
Actuaciones de conservación:
Instalación de cartel informativo con pictogramas.
Censo y seguimiento periódico de las especies prioritarias.
Recolección de semillas de las especies Sorbus domestica, Pimpinella gracilis, Lonicera peryclimenum subsp. hispanica, Carex pendula, Lithospermum officinale y depósito en banco de germoplasma.
Muestreo fitosociológico de las unidades de vegetación prioritarias.
Refuerzo poblacional de las especies Quercus faginea y Sorbus domestica.
Plantación de Celtis australis y Fraxinus angustifolia.
Eliminación de la totalidad de los chopos híbridos.
Eliminación de los pinos próximos a ejemplares de Quercus faginea y Q. rotundifolia y clareo selectivo del pinar.
Creación de zonas inundadas, con una lámina de agua superficial, para el desarrollo de equisetos y megaforbios.
Creación y señalización de sendas ecoeducativas.
Instalación de elementos adecuados para atraer y conserva la fauna útil.
Implantación de métodos biológicos para el control de plagas
Limitaciones de uso:
Quedan excluidas de la microrreserva todas aquellas actividades que conlleven una remoción del sustrato o un daño a las plantas, incluida la recolección de cualquier tipo de material vegetal que tenga una finalidad diferente a la científica.
Queda prohibido el vertido de escombros en el interior de la microrreserva.
El acceso a la microrreserva queda restringido a los caminos ya existentes, con el fin de evitar los procesos erosivos en el resto de la misma
Microrreserva: Los Altos de Enguera
Límites: la microrreserva queda delimitada por el polígono cuyos vértices se corresponden con las siguientes coordenadas UTM:
Vértice X Y
1 691353 4315760
2 691365 4315731
3 691424 4315760
4 691655 4315829
5 691653 4315867
6 691492 4315818
Superficie proyectada: 1.04 ha
Término municipal: Enguera.
Titularidad: Monte conveniado propiedad del Ayuntamiento de Enguera, nº 461/4011 de elenco, Los Altos, nº 72 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública
Especies prioritarias: Sideritis sericea, Sideritis tragoriganum, Dictamnus hispanicus, Euphorbia minuta, Euphorbia isatidifolia
Plan de gestión:
Actuaciones de conservación:
Instalación de cartel informativo con pictogramas.
Censo y seguimiento periódico de las especies Sideritis sericea y Dictamnus hispanicus.
Recolección de semillas de las especies Sideritis sericea y Dictamnus hispanicus y depósito en banco de germoplasma.
Muestreo fitosociológico de las unidades de vegetación prioritarias.
Control de la vegetación arbustiva durante los periodos de reposo vegetativo para favorecer el desarrollo de las especies Sideritis sericea y Dictamnus hispanicus.
Limitaciones de uso:
En caso de observarse una degradación de la vegetación existente en la microrreserva como consecuencia de un exceso de visitantes, se regularán las visitas, dando prioridad a las de carácter científico.
Quedan excluidas las labores silvícolas, incluidas las repoblaciones, que no se contemplen en el apartado anterior. En el caso de que éstos se realicen, deberá respetarse un radio mínimo de 100 metros alrededor del perímetro de la microrreserva dentro del monte de utilidad pública, en el que dichas actividades estén sensiblemente atenuadas.
Quedan excluida de la microrreserva todas aquellas actividades que conlleven una remoción del sustrato o un daño a las plantas, incluida la recolección de cualquier tipo de material vegetal que tenga una finalidad diferente científica.
Queda prohibido el vertido de escombros en el interior de la microrreserva.
Microrreserva: Los Lavajos de Sinarcas – Lavajo de Abajo
Límites: la microrreserva queda delimitada por el polígono cuyos vértices se corresponden con las siguientes coordenadas UTM:
Vértice X Y
1 650960 4402088
2 651035 4402082
3 651030 4401988
4 650978 4401975
5 650950 4402021
Superficie proyectada: 0.74 ha
Término municipal: Sinarcas.
Titularidad: terrenos propiedad del Ayuntamiento de Sinarcas.
Especies prioritarias: Marsilea strigosa, Isoetes velatum, Mentha cervina, Rorippa pyrenaica
Unidades de vegetación prioritarias: Estanques temporales mediterráneos (código Natura 2000: 3170)
Plan de gestión:
Actuaciones de conservación:
Instalación de cartel informativo con pictogramas.
Censo y seguimiento periódico de las especies Marsilea strigosa e Isoetes velatum.
Recolección de esporangios de Marsilea strigosa y rizomas de Isoetes velatum y depósito en banco de germoplasma
Realización de experiencias encaminadas a determinar el impacto del ramoneo sobre la vegetación mediante la exclusión de herbívoros mediante el vallado de parcelas.
Retirada del material residual del interior de la microrreserva o de zonas adyacentes.
Limitaciones de uso:
En caso de observarse una degradación de la vegetación existente en la microrreserva como consecuencia de un exceso de pastoreo se procederá a excluir algunas parcelas con objeto de permitir la recuperación de la vegetación.
Quedan excluidas de la microrreserva todas aquellas actividades que conlleven una remoción del substrato o un daño a las plantas, incluida la recolección de cualquier tipo de material vegetal que tenga una finalidad diferente de la científica o la quema de restos vegetales de carácter agrícola. Si ésta última actividad necesariamente tuviese que llevarse a cabo en el perímetro de la microrreserva siempre se llevará a cabo en el mismo lugar con objeto de minimizar el impacto sobre la vegetación.
Queda prohibido el vertido de escombros en el interior de la microrreserva.
Queda prohibida la extracción de agua de las charcas de la microrreserva, o el vertido de productos químicos a su interior, así como el lavado de tanques de fumigación o el abandono o lavado de recipientes de herbicidas.
Microrreserva: Los Lavajos de Sinarcas – Lavajo de Arriba
Límites: la microrreserva queda delimitada por el polígono cuyos vértices se corresponden con las siguientes coordenadas UTM:
Vértice X Y
1 650815 4403008
2 650848 4402940
3 650768 4402930
4 650750 4402982
5 650768 4403004
Superficie proyectada: 0.53 ha
Término municipal: Sinarcas.
Titularidad: terrenos propiedad del Ayuntamiento de Sinarcas.
Especies prioritarias: Marsilea strigosa, Isoetes velatum, Mentha cervina, Rorippa pyrenaica.
Unidades de vegetación prioritarias: Estanques temporales mediterráneos (código Natura 2000: 3170)
Plan de gestión:
Actuaciones de conservación:
Instalación de cartel informativo con pictogramas.
Censo y seguimiento periódico de las especies Marsilea strigosa e Isoetes velatum
Recolección de esporangios de Marsilea strigosa y rizomas de Isoetes velatum y depósito en banco de germoplasma.
Realización de experiencias encaminadas a determinar el impacto del ramoneo sobre la vegetación mediante la exclusión de herbívoros mediante el vallado de parcelas.
Retirada del material residual del interior de la microrreserva o de zonas adyacentes.
Limitaciones de uso:
En caso de observarse una degradación de la vegetación existente en la microrreserva como consecuencia de un exceso de pastoreo se procederá a excluir algunas parcelas con objeto de permitir la recuperación de la vegetación.
Quedan excluida de la microrreserva todas aquellas actividades que conlleven una remoción del substrato o un daño a las plantas, incluida la recolección de cualquier tipo de material vegetal que tenga una finalidad diferente científica o la quema de restos vegetales de carácter agrícola. Si ésta última actividad necesariamente tuviese que llevarse a cabo en el perímetro de la microrreserva siempre se llevará a cabo en el mismo lugar con objeto de minimizar el impacto sobre la vegetación.
Queda prohibido el vertido de escombros en el interior de la microrreserva.
Queda prohibida la extracción de agua de las charcas de la microrreserva, o el vertido de productos químicos a su interior, así como el lavado de tanques de fumigación o el abandono o lavado de recipientes de herbicidas.
Microrreserva: Pico de la Nevera
Límites: la microrreserva queda delimitada por el polígono cuyos vértices se corresponden con las siguientes coordenadas
Vértice X Y
1 679756 4366688
2 679985 4366567
3 680505 4366656
4 680580 4366556
5 680211 4366378
6 679899 4366340
7 679698 4366346
Superficie proyectada: 18.39 ha
Término municipal: Siete Aguas.
Titularidad: Monte consorciado propiedad del Ayuntamiento de Siete Aguas V-3007, Malacara, nº 68 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública.
Especies prioritarias: Linum appresum, Aster willkommii, Dianthus hipanicus subsp edetanus, Thymus granatensis subsp. micranthus, Thalictrum minus subsp. valentinus,
Unidades de vegetación prioritarias:
– Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica (código Natura 2000:8210)
– Matorral termomediterráneo y preestépico (código Natura 2000: 5330)
Plan de gestión:
Actuaciones de conservación:
Instalación de cartel informativo con pictogramas.
Censo y seguimiento periódico de las especies Aster willkommii.
Recolección de semillas de las especies Aster willkommii, y Thalictrum minus subsp. valentinus, y depósito en banco de germoplasma.
Muestreo fitosociológico de las unidades de vegetación prioritarias.
Eliminación de la vegetación nitrófila.
Retirada de los escombros presentes en el interior de la microrreserva o de zonas adyacentes.
Limitaciones de uso:
En caso de observarse una degradación de la vegetación existente en la microrreserva como consecuencia de un exceso de visitantes, se regularán las visitas, dando prioridad a las de carácter científico.
Quedan excluidas las repoblaciones. En el caso de que éstas se realicen, deberá respetarse un radio mínimo de 100 metros alrededor del perímetro de la microrreserva dentro del monte de utilidad pública, en el que dichas actividades estén sensiblemente atenuadas.
Quedan excluida de la microrreserva todas aquellas actividades que conlleven una remoción del sustrato o un daño a las plantas, incluida la recolección de cualquier tipo de material vegetal que tenga una finalidad diferente científica.
Queda prohibido el vertido de escombros en el interior de la microrreserva.
El acceso a la microrreserva queda restringido a los caminos ya existentes, con el fin de evitar los procesos erosivos en el resto de la misma.
Microrreserva: Pico Noño Martés
Límites: la microrreserva queda delimitada por el polígono cuyos vértices se corresponden con las siguientes coordenadas UTM:
Vértice X Y
1 675857 4355862
2 675597 4355626
3 676069 4355543
4 676194 4355486
5 676550 4355304
6 676541 4355486
Superficie proyectada: 18.84 ha
Término municipal: Yátova
Titularidad: Monte propiedad del Ayuntamiento de Yátova, El Monte nº 69 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública.
Especies prioritarias: Quercus faginea, Saxifraga latepetiolata, Saxifraga cossoniana, Iberis saxatilis supsb. Valentina, Buxus sempervirens, Erodium saxatile, Genista pumila, Armeria alliacea subsp.subsp. alliacea , Orchis macula, Polygonatum odoratum.
Unidades de vegetación prioritarias:
– Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica (código Natura 2000: 8220).
– Prados secos semi-naturales y facies de matorral sobre sustratos calcáreos del Festuco –Brometalia (código Natura 2000: 6110).
– Formaciones estables xerotermófilas de Buxus sempervirens (código Natura 2000: 5110)
– Robledales ibéricos de Quercus faginea (código Natura 2000: 9240)
Plan de gestión:
Actuaciones de conservación:
Instalación de cartel informativo con pictogramas.
Recolección de semillas de las especies Armeria alliacea subsp. alliacea y depósito en banco de germoplasma.
Muestreo fitosociológico de las unidades de vegetación prioritarias.
Estabilización y mejora de los caminos existentes para evitar la erosión actual y para canalizar el tránsito de las personas por el interior de la microrreserva.
Limitaciones de uso:
En caso de observarse una degradación de la vegetación existente en la microrreserva como consecuencia de un exceso de visitantes, se regularán las visitas, dando prioridad a las de carácter científico.
Quedan excluidas las labores silvícolas, incluidas los aclareos, repoblaciones o aprovechamientos madereros dentro del ámbito de la microrreserva. En el caso de que éstos se realicen deberá respetarse un radio mínimo de 100 metros alrededor del perímetro de la microrreserva, dentro del monte de utilidad pública, en el que dichas actividades estén sensiblemente atenuadas.
Quedan excluidas de la microrreserva todas aquellas actividades que conlleven una remoción del sustrato o un daño a las plantas, incluida la recolección de cualquier tipo de material vegetal que tenga una finalidad diferente científica.
Queda prohibido el vertido de escombros en el interior de la microrreserva.
El acceso a la microrreserva queda restringido al camino ya existente, con el fin de evitar los procesos erosivos en el resto de la misma.
Microrreserva: Pla de Mora
Límites: la microrreserva queda delimitada por el polígono cuyos vértices se corresponden con las siguientes coordenadas UTM:
Vértice X Y
1 727298 4320198
2 727376 4320198
3 727564 4319880
4 727564 4319822
5 727525 4319792
6 727290 4320009
7 727260 4320133
Superficie proyectada: 5.78 ha
Término municipal: Quatretonda.
Titularidad: Monte propiedad del Ayuntamiento de Quatretonda, La Sierra nº16 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública.
Especies prioritarias: Silene diclinis, Lavandula stoechas, Erica scoparia, Cistus crispus.
Unidades de vegetación prioritarias: Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos (código Natura 2000: 5330)
Plan de gestión
Actuaciones de conservación:
Instalación de cartel informativo con pictogramas.
Censo y seguimiento periódico de la especie Silene diclinis.
Recolección de semillas de las especies Silene diclinis y Lavandula stoechas y depósito en banco de germoplasma.
Muestreo fitosociológico de las unidades de vegetación prioritarias.
Control de la vegetación arbustiva durante los periodos de reposo vegetativo para favorecer el desarrollo de las especies heliófilas.
Eliminación de la vegetación nitrófila.
Realización de tareas de naturalización y recuperación del matorral de la zona, con eliminación de los plantones de Pinus pinaster introducidos en el interior de la microrreserva, evitando la alteración del perfil del suelo y de la vegetación ya consolidada.
Limitaciones de uso:
En caso de observarse una degradación de la vegetación existente en la microrreserva como consecuencia de un exceso de visitantes, se regularán las visitas, dando prioridad a las de carácter científico.
Quedan excluidas las labores silvícolas, que no se contemplen en el apartado anterior. En el caso de que éstas se realicen fuera de la microrreserva, deberá respetarse un radio mínimo de 100 metros alrededor del perímetro de la misma dentro del monte de utilidad pública, en el que dichas actividades estén sensiblemente atenuadas.
Quedan excluida de la microrreserva todas aquellas actividades que conlleven una remoción del sustrato o un daño a las plantas, incluida la recolección de cualquier tipo de material vegetal que tenga una finalidad diferente a la científica.
Queda prohibido el vertido de escombros en el interior de la microrreserva.
Microrreserva: Puntal del Boj
Límites: la microrreserva queda delimitada por el polígono cuyos vértices se corresponden con las siguientes coordenadas UTM:
Vértice X Y
1 702431 4340652
2 703146 4340463
3 703097 4340278
4 702330 4340448
Superficie proyectada: 15.76 ha
Término municipal: Tous
Titularidad: Monte consorciado propiedad del Ayuntamiento de Tous V-3022, El Monte, nº 22 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública.
Especies prioritarias: Genista valentinaž Anthyllis onobrychioides, Erica terminalis, Buxus sempervirens, Arenaria aggregata subsp. pseudoarmeriastrum, Iberis saxatilis subsp, Sideritis sericea.
Unidades de vegetación prioritarias:
– Matorral termomediterráneo y preestépico (código Natura 2000: 5330)
– Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica (código Natura 2000: 8220)
Plan de gestión
Actuaciones de conservación:
Instalación de cartel informativo con pictogramas.
Recolección de semillas de las especies Genista valentinaž Anthyllis onobrychioides y depósito en banco de germoplasma.
Muestreo fitosociológico de las unidades de vegetación prioritarias.
Realización de experiencias encaminadas a determinar el impacto del ramoneo sobre la vegetación mediante la exclusión de herbívoros mediante el vallado de parcelas.
Limitaciones de uso:
En caso de observarse una degradación de la vegetación existente en la microrreserva como consecuencia de un exceso de visitantes, se regularán las visitas, dando prioridad a las de carácter científico.
Quedan prohibidas las repoblaciones forestales. En el caso de que éstas se realicen en las áreas circundantes, deberá respetarse un radio mínimo de 100 metros alrededor del perímetro de la microrreserva dentro del monte de utilidad pública, en el que dichas actividades estén sensiblemente atenuadas.
Quedan excluida de la microrreserva todas aquellas actividades que conlleven una remoción del substrato o un daño a las plantas, incluida la recolección de cualquier tipo de material vegetal que tenga una finalidad diferente científica.
Queda prohibido el vertido de escombros en el interior de la microrreserva.
Microrreserva: Río Bohígues
Límites: la microrreserva corresponde al dominio público hidráulico del río Bohígues comprendido entre las líneas superior e inferior definidas a continuación (coordenadas UTM sobre el huso 30):
X Y
Línia superior, punto 1 643465 4435363
Línia superior, punto 2 643473 4435359
Línia inferior, punto 3 645085 4435709
Línia inferior, punto 4 645058 4435685
Superficie proyectada: 3.96 ha
Término municipal: Ademuz.
Titularidad: Dominio Público Hidraúlico.
Especies prioritarias: Lonicera peryclimenum, Cornus sanguinea, Acer monspessulanum, Clematis recta, Peucedanum officinale subsp. stenocarpum, Ligustrum vulgare.
Unidades de vegetación prioritarias:
– Ríos mediterráneos de caudal permanente del Paspalo-Agrostidion con cortinas vegetales ribereñas de Salix y Populus alba (código Natura 2000: 3290).
– Bosques de galería de Salix alba y Populus alba (código Natura 2000: 92AO)
Plan de gestión
Actuaciones de conservación:
Instalación de cartel informativo con pictogramas.
Censo y seguimiento periódico de las especies Lonicera peryclimenum, Cornus sanguinea, Clematis recta.
Recolección de semillas de las especies Lonicera peryclimenum, Cornus sanguinea, Acer monspessulanum, Clematis recta, Peucedanum officinale subsp. stenocarpum, Ligustrum vulgare y depósito en banco de germoplasma.
Muestreo fitosociológico de las unidades de vegetación prioritarias
Retirada de cualquier tipo de material residual del interior de la microrreserva o de zonas adyacentes.
Limitaciones de uso:
En caso de observarse una degradación de la vegetación existente en la microrreserva como consecuencia de un exceso de visitantes, se regularán las visitas, dando prioridad a las de carácter científico.
Quedan excluidas de la microrreserva todas aquellas actividades que conlleven una remoción del sustrato o un daño a las plantas, incluida la recolección de cualquier tipo de material vegetal que tenga una finalidad diferente a la científica.
Queda prohibido el vertido de escombros en el interior de la microrreserva.
Microrreserva: Río Ebrón
Límites: la microrreserva corresponde al dominio público hidráulico del río Bohígues comprendido entre las líneas superior e inferior definidas a continuación (coordenadas UTM sobre el huso 30):
X Y
Línea superior, punto 1 645210 4442802
Línea superior, punto 2 645210 4442781
Línea inferior, punto 3 645538 4442195
Línea inferior, punto 4 645520 4442190
Superficie proyectada: 1.08 ha.
Término municipal: Castielfabib.
Titularidad: Dominio Público Hidráulico.
Especies prioritarias: Lonicera peryclinemum, Cornus sanguinea, Ligustrum vulgare.
Unidades de vegetación prioritarias: Ríos mediterráneos de caudal permanente del Paspalo-Agrostidion con cortinas vegetales ribereñas de Salix y Populus alba (código Natura 2000: 3290)
Plan de gestión:
Actuaciones de conservación:
Instalación de cartel informativo con pictogramas
Censo y seguimiento periódico de las especies Lonicera peryclinemum, Cornus sanguinea, Ligustrum vulgare.
Recolección de semillas de las especies Lonicera peryclimenum, Cornus sanguinea, Ligustrum vulgare y depósito en banco de germoplasma.
Muestreo fitosociológico de las unidades de vegetación prioritarias.
Retirada de cualquier tipo de material residual del interior de la microrreserva o de zonas adyacentes.
Limitaciones de uso:
En caso de observarse una degradación de la vegetación existente en la microrreserva como consecuencia de un exceso de visitantes, se regularán las visitas, dando prioridad a las de carácter científico.
Quedan excluidas de la microrreserva todas aquellas actividades que conlleven una remoción del sustrato o un daño a las plantas, incluida la recolección de cualquier tipo de material vegetal que tenga una finalidad diferente científica.
Queda prohibido el vertido de escombros en el interior de la microrreserva.
Microrreserva: Umbría del Buixcarró
Límites: la microrreserva queda delimitada por el polígono cuyos vértices se corresponden con las siguientes coordenadas UTM:
Vértice X Y
1 728524 4320859
2 728662 4320795
3 728751 4320710
4 728617 4320618
5 728487 4320765
Superficie proyectada: 3.22 ha
Término municipal: Quatretonda.
Titularidad: Monte propiedad del Ayuntamiento de Quatretonda, La Sierra, nº 16 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública.
Especies prioritarias: Trisetum velutinum, Anthirrhinum valentinum, Silene diclinis
Unidades de vegetación prioritarias: Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica (código Natura 2000: 8210)
Plan de gestión:
Actuaciones de conservación:
Instalación de cartel informativo con pictogramas.
Censo y seguimiento periódico de las especies Trisetum velutinum, Anthirrhinum valentinum, Silene diclinis.
Recolección de semillas de las especies Trisetum velutinum, Anthirrhinum valentinum, Silene diclinis y depósito en banco de germoplasma.
Muestreo fitosociológico de las unidades de vegetación prioritarias.
Control de la erosión del substrato.
Sustitución de las piquetas pintadas y reemplazo de aquellas que han sido dañadas o dobladas.
Limitaciones de uso:
Quedan prohibidas las actividades de escalada en el ámbito de la microrreserva, excepto aquellas que tengan autorización expresa por motivos científicos o conservacionistas.
Quedan excluidas de la microrreserva todas aquellas actividades que conlleven una remoción del sustrato o un daño de las plantas, incluida la recolección de cualquier tipo de material vegetal que tenga una finalidad diferente de la científica.
Microrreserva: Umbría del Rodeno Tormé
Límites: la microrreserva queda delimitada por el polígono cuyos vértices se corresponden con las siguientes coordenadas UTM:
Vértice X Y
1 680992 4402345
2 680809 4402345
3 680887 4401938
4 681107 4401585
5 681137 4402067
Superficie proyectada: 13.987 ha
Término municipal: Calles.
Titularidad: Monte propiedad del Ayuntamiento de Calles, Los Rodenos, nº45 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública.
Especies prioritarias: Quercus faginea, Calluna vulgaris, Cistus ladanifer, Cistus populifolius, Tuberaria lignosa, Erica scoparia.
Unidades de vegetación prioritarias:
– Pinar de pino rodeno con jaral-brezal silicícola (código Natura 2000: 4030)
– Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica (código Natura 2000: 8220)
Plan de gestión
Actuaciones de conservación:
Instalación de cartel informativo con pictogramas.
Recolección de semillas de las especies Cistus salvifolius, C. ladanifer, Calluna vulgaris y Tuberaria lignosa y depósito en banco de germoplasma.
Muestreo fitosociológico de las unidades de vegetación prioritarias.
Limitaciones de uso:
No se permiten las labores silvícolas, incluidas los aclareos, repoblaciones o aprovechamientos madereros, que no se contemplen en el apartado anterior. En el caso de que éstos se realicen, deberá respetarse un radio mínimo de 100 metros alrededor del perímetro de la microrreserva dentro del monte de utilidad pública, en el que dichas actividades estén sensiblemente atenuadas.
Quedan excluidas de la microrreserva todas aquellas actividades que conlleven una remoción del sustrato o un daño a las plantas, incluida la recolección de cualquier tipo de material vegetal que tenga una finalidad diferente a la científica.

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