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ORDEN de 9 de noviembre de 1999, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se modifican determinados aspectos de la Orden de 27 de marzo de 1996, de la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se regula la concesión de ayudas a las organizaciones profesionales agrarias. [1999/X9593]

(DOGV núm. 3626 de 16.11.1999) Ref. Base Datos 3473/1999

ORDEN de 9 de noviembre de 1999, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se modifican determinados aspectos de la Orden de 27 de marzo de 1996, de la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se regula la concesión de ayudas a las organizaciones profesionales agrarias. [1999/X9593]
Por Orden de 27 de marzo de 1996, de la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente, se regula la concesión de ayudas a las organizaciones profesionales agrarias con presencia en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana, como entidades representativas de los intereses generales de los agricultores.
En el tiempo transcurrido hasta la actualidad se ha constatado la necesidad de modificar la indicada orden en ciertos aspectos, de forma que las ayudas concedidas alcancen la mayor eficacia en su aplicación a los fines que en la misma se establecen. Por todo ello,
ORDENO
Artículo único
Se modifica el apartado 7, del artículo 7, de la Orden de 27 de marzo de 1996, de la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se regula la concesión de ayudas a las organizaciones profesionales agrarias, que se sustituye por el siguiente texto:
«7. Para las ayudas a la adquisición de bienes muebles e inmuebles se presentarán los comprobantes de los pagos realizados (facturas y comprobantes de pago) en el ejercicio, y asimismo, en la adquisición de bienes inmuebles, documento acreditativo de la compraventa, y en caso de préstamo hipotecario, certificado de la entidad financiera de las cantidades satisfechas en concepto de intereses y amortización de capital en el ejercicio en curso.»
DISPOSICIONES FINALES
Primera
Se autoriza a la Secretaría General de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación a dictar las resoluciones que considere necesarias para el desarrollo de esta orden.
Segunda
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 9 de noviembre de 1999
La consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación,
MARIA ANGELS RAMÓN-LLIN I MARTÍNEZ

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