Resolución de 27 de julio de 1984, por la que se modifica, desarrollando su contenido, la Circular núm. 2/1984, de 2 de mayo, de la Dirección General de Política Financiera de la Consellería de Economía y Hacienda, sobre publicidad de las Cajas de Ahorros de la Comunidad Valenciana.
(DOGV núm. 189 de 10.09.1984) Ref. Base Datos 0733/1984
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Análisis jurídico
Fecha de entrada en vigor: 10.09.1984 Notas: Sujeta al previo reconocimiento toda actividad publicitaria que implique apelación al ahorro público.DG Política Financiera. Esta disposición afecta a: Desarrolla o Complementa a: - Circular núm 2/1984, de 2 de mayo, de la Dirección General de Política Financiera de la Conselleria de Economía y Hacienda sobre publicidad de Cajas de Ahorros de la Comunidad Valenciana.
- Decreto 109/1983, de 12 de septiembre, por el que se desarrollan las competencias de la Generalidad Valenciana sobre las Cajas de Ahorros de la Comunidad Valenciana.
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Análisis documental
Origen disposición: Conselleria Economía y Hacienda Descriptores: Temáticos: caja de ahorros, publicidad
Resolución de 27 de julio de 1984, por la que se modifica, desarrollando su contenido, la Circular núm. 2/1984, de 2 de mayo, de la Dirección General de Política Financiera de la Consellería de Economía y Hacienda, sobre publicidad de las Cajas de Ahorros de la Comunidad Valenciana.
Las diversas reglamentaciones jurídicas que inciden en la contratación de activos financieros según sus características propias y la amplitud del mercado al que se dirigen, exigen, para una mayor claridad, que se definan lo más nítidamente posible los límites en los que resultan operativas las normas sobre previo conocimiento de la publicidad realizada por las Cajas de Ahorro recogidas en la Circular n.º 2/1984 de 2 de mayo.
Teniendo en cuenta las consideraciones anteriores esta Dirección General ha resuelto desarrollar la norma Primera de la mencionada Circular n.º 2/1984 de 2 de mayo que quedará redactada como sigue:
Primera
Estará sujeta al régimen de previo conocimiento toda actividad publicitaria que implique una apelación al ahorro público y que suponga la divulgación de información referente a operaciones propuestas por las Cajas de Ahorro, con exclusión de títulos de renta fija, títulos hipotecarios y activos financieros cuya emisión se autorice por las autoridades financieras estatales y que circule en todo el territorio nacional.
Valencia, 27 de julio de 1984.
El Director General de Política Financiera