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RESOLUCIÓN de 9 de diciembre de 2008, de la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se convocan las ayudas a la inversión en explotaciones ganaderas para el ejercicio 2009. [2008/14862]

(DOGV núm. 5918 de 22.12.2008) Ref. Base Datos 014733/2008

RESOLUCIÓN de 9 de diciembre de 2008, de la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se convocan las ayudas a la inversión en explotaciones ganaderas para el ejercicio 2009. [2008/14862]
La Orden de 5 de marzo de 2008, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se establecen ayudas a la inversión en explotaciones ganaderas establece, en su apartado quinto, que las solicitudes de ayuda se presentarán mediante instancia debidamente cumplimentada y suscrita por el titular de la explotación o por el representante legal que corresponda en el plazo de presentación que se hará público anualmente mediante su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
La citada Orden, se adaptó a los requisitos establecidos en el Reglamento 1857/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento 70/2001 (DOCE 16.12.06), y contenía modificaciones de orden puramente administrativo, que no repercutían en la evaluación de la compatibilidad con el mercado común, respecto a la Orden anterior, por lo que mantuvo el número de registro de la ayuda, XA 34/2007.
Así, con objeto de que se inicie para el ejercicio 2009 el proceso de solicitud y tramitación de las ayudas mencionadas, se publica la presente resolución.
Por todo ello, a propuesta de la Directora General de Producción Agraria, resuelvo:
Apartado primero
Convocar, para el ejercicio 2009, las ayudas a la inversión en explotaciones ganaderas cuyas bases reguladoras están contenidas en la Orden de 5 de marzo de 2008, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación (DOCV nº 5.740 de 11.04.2008)
Apartado segundo
Las ayudas convocadas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 12.02.02.0000.714.80.7 línea T3090, del programa de Desarrollo y Mejora de la Ganadería.
Apartado tercero
De acuerdo con el proyecto de Ley de Presupuestos para el ejercicio 2009 la dotación presupuestaria estimada será de 1.980.000 euros.
Según dispone la Orden de 26 de septiembre de 1994, de la Conselleria de Economía y Hacienda (DOCV núm. 2.361, de 6-10-1994), sobre tramitación anticipada de expedientes de gasto, la concesión de las ayudas estará condicionada a la existencia de en los presupuestos de crédito adecuado y suficiente para ello.
Según esta misma orden, todos los actos dictados en los expedientes de gasto anticipado se entenderán condicionados a que, al dictar las resoluciones de concesión definitiva subsistan las mismas circunstancias de hecho y de derecho, existentes en el momento en que fueron producidos aquellos actos.
Apartado cuarto
El plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio 2009 será de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Apartado quinto
Las inversiones serán realizadas y justificadas ante la Administración antes del día 15 de octubre de 2009, tal y como establece el apartado séptimo del Anexo I de la Orden de 5 de marzo de 2008.
DISPOSICION FINAL
Se delega, en el director general competente en materia de ganadería, la concesión y denegación de las ayudas contempladas en esta Resolución.
Esta Resolución es definitiva en vía administrativa, y contra la misma podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante La Consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, o impugnarse directamente ante el orden jurisdiccional mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio, publicada en el B.O.E. núm. 167, de 14 de julio de 1998).
Valencia, a 9 de diciembre de 2008
La consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación,
MARITINA HERNÁNDEZ MIÑANA

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