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RESOLUCIÓN de 5 de agosto de 2009, de la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se convocan nuevamente las ayudas a la inversión en explotaciones ganaderas para el ejercicio 2009. [2009/9991]

(DOGV núm. 6097 de 08.09.2009) Ref. Base Datos 010082/2009

RESOLUCIÓN de 5 de agosto de 2009, de la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se convocan nuevamente las ayudas a la inversión en explotaciones ganaderas para el ejercicio 2009. [2009/9991]
La Orden de 5 de marzo de 2008 de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación regula las ayudas a la inversión en explotaciones ganaderas (DOCV núm. 5740 de 11.04.2008).
Este régimen de ayudas se adapta a los requisitos establecidos en el Reglamento 1857/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento 70/2001 (DOCE 16.12.2006), y contiene modificaciones de orden puramente administrativo, que no repercuten en la evaluación de la compatibilidad con el mercado común, respecto a la norma anterior (Orden de 28 de noviembre de 2006 que regulaba este régimen de ayudas), por lo que se mantiene el número de registro de la ayuda XA 34/2007.
La citada Orden de 5 de marzo de 2008 de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación establece en el apartado quinto del Anexo I, que las solicitudes de ayuda se presentarán mediante instancia debidamente cumplimentada y suscrita por el titular de la explotación o por el representante legal que corresponda en el plazo de presentación que se establezca en cada convocatoria anual.
La Resolución de 9 de diciembre de 2008, de la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se convocan las ayudas a la inversión en explotaciones ganaderas para el ejercicio 2009 (DOCV núm. 5918 de 22.12.08), inició el proceso de solicitud y tramitación de las ayudas mencionadas para el año 2009, ampliándose posteriormente el plazo de presentación de solicitudes mediante Resolución de 19 de enero de 2009, de la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación (DOCV núm. 5938 de 22.01.09).
Visto que se ha producido una generación de importes procedentes del Plan de Impulso de la Generalitat Valenciana destinados a la ganadería, a propuesta de la directora general de Producción Agraria, resuelvo:
Apartado primero
Convocar de nuevo, para el ejercicio 2009, las ayudas a la inversión en explotaciones ganaderas, cuyas bases reguladoras están contenidas en la Orden de 5 de marzo de 2008, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación (DOCV núm. 5740 de 11.04.2008)
Apartado segundo
Las ayudas convocadas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 12.02.02.0000.714.80.7 línea T3090, del programa de Desarrollo y Mejora de la Ganadería con un importe máximo de 1.200.000'00 euros.
Apartado tercero
Considerando que no se han podido atender todas las solicitudes presentadas al amparo de la Resolución de 9 de diciembre de 2008, por falta de disponibilidad presupuestaria, dichas solicitudes serán tenidas en cuenta, siempre y cuando se ratifiquen en su solicitud dentro del plazo establecido en el artículo siguiente.
Apartado cuarto
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Apartado quinto
Las inversiones serán realizadas y justificadas ante la administración, antes del día 15 de noviembre de 2009.
DISPOSICION FINAL
Se delega, en el director general competente en materia de ganadería, la concesión y denegación de las ayudas contempladas en esta resolución.
Esta resolución es definitiva en vía administrativa, y contra la misma podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, o impugnarse directamente ante el orden jurisdiccional mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio, publicada en el BOE núm. 167, de 14 de julio de 1998).
Valencia, 5 de agosto de 2009.- La consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación: Maritina Hernández Miñana.

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