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DECRETO 249/1997, de 23 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se regula la Comisión Interdepartamental para la Racionalización del Sector Público en el Ámbito de la Generalitat Valenciana.

(DOGV núm. 3085 de 24.09.1997) Ref. Base Datos 3144/1997

DECRETO 249/1997, de 23 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se regula la Comisión Interdepartamental para la Racionalización del Sector Público en el Ámbito de la Generalitat Valenciana.
Mediante el Decreto 154/1996, de 30 de julio, el Gobierno Valenciano creó la Comisión Interdepartamental para la Racionalización del Sector Público en el Ámbito de la Generalitat Valenciana, que fue objeto de modificación por el Decreto 162/1997, de 13 de mayo, a fin de adecuar dicha Comisión a la variación operada en su día en la estructura y competencias de las diversas consellerias.
Razones de eficacia en el funcionamiento de la Comisión han determinado la conveniencia de crear otra vicepresidencia y asignar la Secretaría de la Comisión a la Dirección General para la Racionalización del Sector Público, esta última creada mediante el Decreto 240/1997, de 23 de septiembre, del Gobierno Valenciano.
El principio de seguridad jurídica y la claridad y facilidad de uso de las disposiciones administrativas aconsejan la derogación de los indicados decretos 154/1996 y 162/1997, con el fin de integrar en su solo texto normativo la regulación de dicha Comisión Interdepartamental.
En su virtud, previa deliberación del Gobierno Valenciano, en la reunión del día 23 de septiembre de 1997, y a propuesta de su presidente,
DISPONGO
Artículo 1
La Comisión Interdepartamental para la Racionalización del Sector Público en el Ámbito de la Generalitat Valenciana está adscrita a la Presidencia de la Generalitat Valenciana
Artículo 2. Composición
1. Esta Comisión está compuesta por los siguientes miembros:
- El director del Gabinete del Presidente de la Generalitat Valenciana, que será su presidente y portavoz.
- El subsecretario de Política Financiera y Tesoro de la Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública, que será su vicepresidente primero.
- El subsecretario para la Modernización de las Administraciones Públicas de la Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública, que será su vicepresidente segundo.
- El titular de la Dirección General para la Racionalización del Sector Público, que ejercerá la secretaría.
- Un representante, con rango de director general, de las consellerias de Presidencia; Obras Públicas, Urbanismo y Transportes; Cultura, Educación y Ciencia; Sanidad; Empleo, Industria y Comercio; Agricultura, Pesca y Alimentación; Medio Ambiente; y Bienestar Social.
2. A instancias de los miembros de la Comisión, podrá intervenir en la misma algún alto cargo de la administración de la Generalitat Valenciana, o funcionario especializado, que actuará con voz, pero sin voto.
Artículo 3. Funciones
La Comisión tendrá las siguientes funciones:
1. Estudiar y analizar la situación actual del sector público valenciano.
2. Elaborar las líneas básicas necesarias, tendentes a la racionalización del mismo.
3. Proponer al presidente de la Generalitat Valenciana los planes de actuación concretos necesarios en materia de reordenación del sector público valenciano.
4. Impulsar y supervisar, tras su aprobación, la aplicación de los planes de actuación, garantizando los principios de publicidad, transparencia y concurrencia.
5. Emitir informes sobre todos aquellos asuntos que, afectando a la racionalización del sector público valenciano, sean sometidos a la Comisión por el presidente de la Generalitat Valenciana.
Artículo 4. Comisión permanente
A los efectos del mejor cumplimiento de las funciones enumeradas en el artículo anterior, se constituirá una comisión permanente integrada por el presidente, los vicepresidentes y el secretario, a la que corresponderá la preparación del trabajo de la Comisión Interdepartamental, elaborar su orden del día, y la adopción de las medidas que fueran necesarias, por su carácter de urgencia, para el correcto cumplimiento de sus funciones
Artículo 5. Funcionamiento
Esta comisión interdepartamental se someterá en su funcionamiento a lo establecido en el artículo 32 de la Ley de la Generalitat Valenciana 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano, y en los artículos 22 a 27, sobre órganos colegiados, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Artículo 6. Comisiones técnicas
Para su mejor funcionamiento y estudio de los asuntos, se podrán crear comisiones técnicas formadas por especialistas, así como se podrá recabar el asesoramiento de funcionarios, o personas ajenas a la administración, que sean expertos en la materia que interese en cada caso.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Quedan derogados expresamente los decretos 154/1996 y 162/1997 del Gobierno valenciano, por los que se crea y modifica, respectivamente, la Comisión Interdepartamental para la Racionalización del Sector Público en el Ámbito de la Generalitat Valenciana
DISPOSICIÓN FINAL
Este decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 23 de septiembre de 1997
El presidente de la Generalitat Valenciana,
EDUARDO ZAPLANA HERNÁNDEZ-SORO

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