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ORDEN de 25 de mayo de 1995, de la Conselleria de Economía y Hacienda, por la que se acuerda ejercer el derecho de retracto sobre una finca rústica de 2.140.916,24 m2, denominada Salinas de Múrtulas y sita en los términos municipales de Santa Pola y Elche, dentro del Parque Natural de las Salinas de Santa Pola.

(DOGV núm. 2587 de 18.09.1995) Ref. Base Datos 2395/1995

ORDEN de 25 de mayo de 1995, de la Conselleria de Economía y Hacienda, por la que se acuerda ejercer el derecho de retracto sobre una finca rústica de 2.140.916,24 m2, denominada Salinas de Múrtulas y sita en los términos municipales de Santa Pola y Elche, dentro del Parque Natural de las Salinas de Santa Pola.
El Parque Natural de las Salinas de Santa Pola es uno de los espacios naturales declarados por la Generalitat Valenciana en donde la superficie de titularidad privada es casi total. Ello hace que los programas y proyectos de conservación y mejora de sus hábitats resulten más difíciles de desarrollar por la necesidad de concordar los intereses privados de los propietarios con el interés público susceptible de protección.
La finca denominada Salinas de Múrtulas, sita en los términos municipales de Santa Pola y Elche, dentro del citado parque natural, es uno de esos amplios espacios de titularidad privada sito en un entorno de gran valor ecológico, al constituir uno de los parajes con mayor valor de la flora y fauna de la zona.
Con fecha 10 de febrero de 1993 la entidad mercantil Profu, SA, adquirió del Sr. Sinforoso Albadalejo García y otros, mediante escritura de compraventa otorgada en San Javier (Murcia) ante el notario el Sr. Pedro F. Garre Navarro, una finca rústica de 2.140.916,24 m2, de los cuales 2.132.218,24 m2 corresponden al término municipal de Santa Pola y 8.698 m2 al término municipal de Elche, por un precio total de cincuenta millones de pesetas (50.000.000 PTA).
La Generalitat tuvo constancia fehaciente de la inscripción de la citada transmisión, practicada el día 19 de enero de 1995 en el Registro de la Propiedad de Santa Pola, mediante comunicación del registrador titular del citado registro de fecha 19 de enero de 1995, registrada de entrada en la Conselleria de Medio Ambiente el día 26 de enero de 1995, con el núm. 1.173.
Por Decreto 190/1988, de 12 de diciembre, del Consell de la Generalitat Valenciana, las Salinas de Santa Pola fueron declaradas como Paraje Natural de la Comunidad Valenciana, y en virtud de la disposición adicional segunda número uno de la Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Espacios Naturales Protegidos de la Comunidad Valenciana, se les otorgó la clasificación de parque natural.
La Ley de la Generalitat Valenciana 5/1988, de 24 de junio, de Parajes Naturales de la Comunidad Valenciana, vigente tanto en el momento en que se practicó la inscripción de la transmisión en el Registro de la Propiedad como en el que la Generalitat Valenciana tuvo constancia fehaciente de aquella transmisión, establece en su artículo 13.2 que la Generalitat Valenciana podrá ejercitar un derecho de retracto en el plazo de los seis meses siguientes a la inscripción en el Registro de la Propiedad en todas las transmisiones de dominio inter vivos a título oneroso de bienes inmuebles situados en el interior de los parajes naturales. No obstante, la Ley estatal 4/89, de 27 de marzo, de Espacios Naturales Protegidos, establece en su artículo 10.3 (declarado básico, a los efectos del artículo 149.1.23 de la Constitución EspaÑola, por la disposición adicional quinta de dicha ley) un plazo de 1 aÑo a contar desde la correspondiente notificación, que deberá efectuarse en todo caso y que será requisito necesario para inscribir la transmisión en el Registro de la Propiedad.
La Generalitat Valenciana está interesada en adquirir el inmueble en cuestión por el precio por el que se efectuó la transmisión y los informes técnicos de esta conselleria son favorables a tal respecto.
A solicitud de la Conselleria de Medio Ambiente y a propuesta de la Dirección General de Patrimonio y Nóminas, y al amparo del artículo 30 de la Ley 3/1986, de 24 de octubre, de Patrimonio de la Generalitat Valenciana, que atribuye a la Conselleria de Economía y Hacienda la competencia en materia de adquisición a título oneroso de inmuebles
DISPONGO:
Primero
Ejercer el derecho de retracto por un precio total de cincuenta millones de pesetas (50.000.000 PTA) sobre una finca rústica de 2.140.916,24 m2, denominada Salinas de Múrtulas y sita en los términos municipales de Santa Pola y Elche, dentro del Parque Natural de las Salinas de Santa Pola.
Segundo
Requerir al notario que por turno corresponda, a fin de que comunique a la entidad mercantil Profu, SA, con domicilio en Alhama de Murcia, avda. de EspaÑa, núm. 23, el ejercicio, por parte de la Generalitat Valenciana, del derecho de retracto sobre la finca rústica indicada.
Valencia, 25 de mayo de 1995
El conseller de Economía y Hacienda,
AURELIO MARTíNEZ ESTÉVEZ

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