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ORDEN de 19 de febrero de 2002, de la Conselleria de Cultura y Educación, por la que se autoriza la implantación del segundo ciclo de Educación Infantil a diversos centros docentes privados. [2002/2083]

(DOGV núm. 4209 de 13.03.2002) Ref. Base Datos 1069/2002

ORDEN de 19 de febrero de 2002, de la Conselleria de Cultura y Educación, por la que se autoriza la implantación del segundo ciclo de Educación Infantil a diversos centros docentes privados. [2002/2083]
Los expedientes han sido iniciados a instancia de los representantes de los centros docentes privados que se relacionan en el anexo, en solicitud de la autorización para implantar el segundo ciclo de la Educación Infantil.
Cada expediente incluye informe favorable de la Unidad de Inspección Educativa, en cuanto a la adecuación del profesorado, y/o el compromiso de aportar la relación del profesorado antes del inicio de las actividades educativas, vistos los cuales la Dirección Territorial de Cultura y Educación correspondiente eleva propuesta igualmente favorable.
Considerando que todos los centros tienen al menos tres unidades autorizadas de Educación Preescolar, lo que les permite impartir el segundo ciclo completo de Educación Infantil en los términos establecidos en la disposición transitoria tercera, punto1, apartado a) del Real Decreto 1.004/1991, de 14 de junio.
Considerando que lo dispuesto en la disposición transitoria tercera citada no exime a los centros de la obligación de adaptarse a lo previsto en el Real Decreto 1.004/1991, sobre número de puestos escolares y relación profesor/alumnos, atendiendo, en su caso, al máximo de 25 por unidad o al que corresponda según las instalaciones presentadas.
Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 04.07.85), reguladora del Derecho a la Educación; el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE de 26.06.91), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias, la Orden de 17 de junio de 1992 (DOGV de 16.07.92), de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, que regula la implantación gradual del segundo ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Valenciana, y el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE de 09.04.92), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.
En ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 35 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano,
ORDENO
Primero
Autorizar la implantación del segundo ciclo de Educación Infantil a cada uno de los centros privados que se relacionan en el anexo, en los términos que para cada uno allí se especifican.
Segundo
Modificar la denominación genérica de los actuales centros de Educación Preescolar que se relacionan en el anexo, que de ahora en adelante será la de “Centro de Educación Infantil, segundo ciclo”.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
La presente autorización dará lugar a las correspondientes inscripciones en el Registro de Centros Docentes de la Comunidad Valenciana.
De conformidad con lo establecido en los artículos 107, 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10, 14 y 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso administrativa, el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrido potestativamente en reposición o bien cabrá plantear directamente recurso contencioso administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:
a) El recurso de reposición deberá interponerse ante el conseller de Cultura y Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, según corresponda.
b) El recurso contencioso administrativo deberá plantearse ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, según corresponda.
Valencia, 19 de febrero de 2002
El conseller de Cultura y Educación,
p.s.r. (art.4.1 Decreto 111/2000,
DOGV núm. 3798, de 21 de julio),
la subsecretaria, CARMEN NACHER PEREZ
ANEXO
Centro: Liceo Corbí
Titular: Liceo Corbí, SL.
Domicilio: c/ Villahermosa, 6
Localidad: Valencia
Provincia: Valencia
Código: 46009812
Enseñanzas que se implantan y capacidad máxima, con efectos a partir del curso académico 2002/2003, y en las instalaciones del centro en la c/ Senyera, 26:
– Educación Infantil, segundo ciclo, con 6 unidades y 128 puestos escolares
Composición resultante del resto del centro:
12 unidades de Educación Primaria, con 259 puestos escolares
8 unidades de Educación Secundaria Obligatoria, con 225 puestos escolares
Centro: Sagrada Familia
Titular: Obreras de la Cruz
Domicilio: c/ Sagrada Familia, 38
Localidad: Alzira
Provincia: Valencia
Código: 46000547
Enseñanzas que se implantan y capacidad máxima, con efectos desde el inicio del curso académico 2001/2002:
– Educación Infantil, segundo ciclo, con 3 unidades y 66 puestos escolares
Composición resultante del resto del centro:
6 unidades de Educación Primaria, con 145 puestos escolares
4 unidades de Educación Secundaria Obligatoria, con 117 puestos escolares
1 unidad de Educación Especial (apoyo a la integración), con 15 puestos escolares

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