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RESOLUCIÓN de 26 de octubre de 2009, del director gerente de la Agencia Valenciana de Salud, por la que procede al nombramiento de los Servicios de Segunda Opinión Médica en el ámbito de la Comunitat Valenciana. [2009/12651]

(DOGV núm. 6139 de 06.11.2009) Ref. Base Datos 012579/2009

RESOLUCIÓN de 26 de octubre de 2009, del director gerente de la Agencia Valenciana de Salud, por la que procede al nombramiento de los Servicios de Segunda Opinión Médica en el ámbito de la Comunitat Valenciana. [2009/12651]
El artículo 16 de la Ley 1/2003, de 28 de enero, de la Generalitat, de Derechos e Información al Paciente de la Comunitat Valenciana, reconoce a todo paciente de la Comunitat Valenciana el derecho a una segunda opinión médica dentro del sistema sanitario público, cuando las circunstancias de su enfermedad le exijan tomar una decisión difícil.
El derecho a la segunda opinión médica reconocido en la citada ley, ha sido desarrollado por el Decreto 12/2007, de 26 de enero, del Consell, por el que se regula el derecho a la segunda opinión médica en el ámbito sanitario público valenciano, con el objeto de garantizar que todo paciente de la Comunitat Valenciana, en los supuestos que contempla el Decreto, tenga la oportunidad de participar de manera activa en las decisiones referentes a su salud.
El Decreto 12/2007, establece que los Servicios de Segunda Opinión Médica serán nombrados por el director gerente de la Agencia Valenciana de Salud a propuesta de las Sociedades Científicas de las respectivas patologías contempladas en este decreto.
Posteriormente el Decreto 86/2009, amplia la relación de patologías que reúnen criterios para segunda opinión médica
Obtenidas las propuestas para Servicios de Segunda Opinión Médica de la diferentes Sociedades Científicas.
En su virtud, resuelvo:
Primero
Nombrar Servicios de Segunda Opinión Médica, que se suman a los ya existentes, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, a los relacionados en el anexo adjunto, por un periodo de vigencia de cuatro años. El citado plazo podrá ser revisado tanto por iniciativa de la Agencia Valenciana de Salud como a instancia de los propios Servicios de Segunda Opinión o solicitud de los Servicios Clínicos que deseen ser nombrados y reúnan los requisitos para ello
Segundo
A los profesionales que integren los Servicios de Segunda Opinión Médica les será reconocida su labor tal y como recoge la Orden de desarrollo del Decreto 86/2009. Otorgándoles un certificado de reconocimiento a su labor firmado por el director de la Agencia Valenciana de Salud a solicitud del interesado.
Tercero
Esta resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación
Valencia, 26 de octubre de 2009.- El director gerente de la Agencia Valenciana de Salud: Luis Rosado Bretón.
Anexo
Cardiología
Servicios de Cardiología de:
Castellón
- Hospital General de Castellón
Valencia
- Hospital la Fe
- Consorcio Hospital General Universitario
Alicante
- Hospital General de Alicante
- Hospital General Universitario de Elche
Neumología
Servicios de Neumología de:
Castellón
- Hospital General de Castellón
Valencia
- Hospital Universitario Doctor Peset
Alicante
- Hospital Sant Joan d'Alacant

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