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RESOLUCIÓN de 19 de septiembre de 2014, del conseller de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad al Acuerdo de la Mesa General de Negociación I de la Generalitat, de fecha 17 de septiembre de 2014, adoptado en el marco del diálogo social para el periodo 2014-2015. [2014/8615]

(DOGV núm. 7366 de 23.09.2014) Ref. Base Datos 008414/2014

RESOLUCIÓN de 19 de septiembre de 2014, del conseller de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad al Acuerdo de la Mesa General de Negociación I de la Generalitat, de fecha 17 de septiembre de 2014, adoptado en el marco del diálogo social para el periodo 2014-2015. [2014/8615]
La Mesa General de Negociación I, de personal funcionario, estatutario y laboral, ha suscrito Acuerdo, en fecha 17 de septiembre de 2014, adoptado en desarrollo de lo previsto en el punto sexto del Acuerdo suscrito en fecha 23 de octubre de 2013, que prevé, entre las funciones de la Comisión Paritaria, las de realizar el seguimiento, valoración y análisis del desarrollo de dicho acuerdo, entre las que se encuentra la evaluación de la propuesta del porcentaje de percepción del complemento de carrera profesional horizontal del personal fijo de la Administración de la Generalitat.
El acuerdo suscrito ha sido ratificado por el Consell en la reunión del día 19 de septiembre de 2014.
Por todo ello, de conformidad con lo que dispone el artículo 38.6 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, resuelvo:
Dar publicidad, mediante su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, al Acuerdo de la Mesa General de Negociación I, de fecha 17 de septiembre de 2014, adoptado en el marco del diálogo social para el periodo 2014-2015.

Valencia, 19 de septiembre de 2014.– El conseller de Hacienda y Administración Pública: Juan Carlos Moragues Ferrer.

Acuerdo de la Mesa General de Negociación I por el que se modifica el acuerdo de la misma sobre condiciones de trabajo y retribuciones del personal de los sectores de la Administración de la Generalitat, docente, sanitario y de justicia, en el marco del diálogo social para el período 2014-2015

Reunidos en Valencia, el 17 de septiembre de 2014, en el ámbito de la Mesa General de Negociación I, de personal funcionario, estatutario y laboral, y al amparo de lo establecido en el artículo 33 y concordantes de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), y el artículo 153 y siguientes de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, las representaciones de la Generalitat y de las organizaciones sindicales presentes en la citada Mesa General de Negociación,

Manifiestan
1. Que el 10 de septiembre de 2014 se reunió la Comisión Paritaria a la que se refiere el apartado sexto del Acuerdo de la Mesa General de Negociación I de la Generalitat sobre condiciones de trabajo y retribuciones del personal de los sectores de la Administración de la Generalitat, docente, sanitario y de justicia, en el marco del diálogo social para el período 2014-2015, suscrito el 23 de octubre de 2013, para ser informada sobre las cuestiones presupuestarias surgidas que dificultan el poder dar adecuado cumplimiento al apartado del mismo correspondiente a la implantación, devengo y percepción de la carrera profesional horizontal y la evaluación del desempeño del personal empleado público fijo al servicio de la Administración de la Generalitat.
II. Que entre las funciones de dicha Comisión Paritaria se encuentran las de realizar el seguimiento, valoración y análisis del desarrollo del Acuerdo del 23 de octubre de 2013, entre las que se encuentra la evaluación de la propuesta del porcentaje de percepción del complemento de carrera profesional horizontal del personal fijo de la Administración de la Generalitat.
III. Que tras la referida reunión, la Comisión Paritaria decidió elevar a la Mesa General de Negociación I, la presente propuesta de modificación del Acuerdo de la Mesa General de Negociación I de la Generalitat sobre condiciones de trabajo y retribuciones del personal de los sectores de la Administración de la Generalitat, docente, sanitario y de justicia, en el marco del diálogo social para el período 2014-2015, suscrito el 23 de octubre de 2013.
Por todo ello, fruto de las negociaciones llevadas a cabo entre la Generalitat y las organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Negociación I y previa la emisión del informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, de fecha 12 de septiembre de 2014, se firma el presente

Acuerdo
Primero. Modificación del apartado cuarto, 1.2, del acuerdo: «Medidas en relación con las condiciones de trabajo del personal empleado público de la Generalitat incluido en el ámbito de aplicación del presente acuerdo»
1.2. Personal funcionario de carrera de la Administración de la Generalitat
– Se iniciará la implantación de la carrera profesional horizontal a partir del 1 de enero de 2014, debiéndose elaborar en el primer trimestre de dicho año, la disposición reglamentaria que regule la evaluación del desempeño vinculada a la misma y la realización de dicha evaluación al personal incluido en el ámbito de aplicación de la misma, a lo largo del ejercicio 2014.
– Con efectividad del 1 de enero de 2015, se llevará a cabo el devengo y la percepción del complemento de carrera profesional horizontal correspondiente al grado que se le reconozca al personal funcionarial de carrera en aplicación y en la forma que se establezca en la disposición reglamentaria que regule la evaluación del desempeño y la carrera profesional horizontal para la Administración de la Generalitat. Todo ello de conformidad con el calendario de implantación progresiva, durante el período transitorio.
– El gasto público máximo que se destinará durante el primer ejercicio presupuestario de implantación de la carrera profesional horizontal, estará entre 5 y 6 millones de euros.
– La evaluación del desempeño se efectuará valorando el cumplimiento de los objetivos previamente establecidos por la Administración, la profesionalidad en el ejercicio de las tareas asignadas, la iniciativa y participación para la mejora de la calidad del servicio público, así como el desarrollo y transferencia de conocimientos, posibilitando un análisis y evaluación sistemáticos y periódicos del trabajo desarrollado.
– Los importes de los grados de desarrollo profesional que corresponderán a cada grupo o subgrupo profesional en cada tramo serán las cuantías establecidas actualmente para los mismos en los sistemas de carrera profesional vigentes en la Generalitat Valenciana.
– La evaluación del desempeño realizada a lo largo de 2014 en ningún caso supondrá que la misma pueda tener efectos económicos retroactivos anteriores al 1 de enero de 2015, siendo la efectividad económica la que expresamente se indique en cada acto administrativo por el que se reconozca el grado de carrera profesional del funcionario de carrera que proceda en cada caso.
– La determinación exacta de la percepción y devengo de los porcentajes que corresponda a cada funcionaria o funcionario de carrera, según el grado del complemento de carrera horizontal que se le reconozca como consecuencia de la evaluación del desempeño, durante el período transitorio de implantación, que tendrá una duración de tres ejercicios presupuestarios a contar desde el 1 de enero de 2015, será el que se establece a continuación:
a) Entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2015:
1.º. Personal de las agrupaciones profesionales funcionariales: el 15 % del complemento.
2.º. Personal del subgrupo C2: el 12 % del complemento.
3.º. Personal del subgrupo C1 y B: el 10 % del complemento.
4.º. Personal de los subgrupos A2 y A1: el 9 % del complemento.
b) Entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016, un 33 % más del complemento del grupo, subgrupo o agrupación profesional funcionarial reconocido al que se pertenezca.
c) Entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017, el restante hasta alcanzar el 100 % del total del complemento reconocido.

Segundo. Efectividad de la modificación
La presente modificación se incorpora al contenido del Acuerdo suscrito entre las partes el 23 de octubre de 2013, teniendo el mismo alcance y efectos jurídicos que el contenido del acuerdo del que trae causa.


Tercero. Publicidad del acuerdo
El presente acuerdo, una vez ratificado, se remitirá al Diari Oficial de la Comunitat Valenciana para su publicación.

Por la Generalitat:
El secretario autonómico de Administración Pública: Pedro García Ribot, vicepresidente de la Mesa General de Negociación I, en sustitución del presidente.

Por las organizaciones sindicales:
Por UGT-PV: M.ª Teresa Montaner Soria.
Por CC.OO. PV: Juan Cruz Ruiz.
Por CSI-F: Alicia Torres Palanca.
Por FSES: Ana Pareja Langreo.

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