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ORDEN 8/2011, de 18 de mayo, de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, por la que se adoptan medidas en relación con las solicitudes de ayudas a inquilinos en el marco del Plan de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012. [2011/6118]

(DOGV núm. 6529 de 26.05.2011) Ref. Base Datos 006210/2011

ORDEN 8/2011, de 18 de mayo, de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, por la que se adoptan medidas en relación con las solicitudes de ayudas a inquilinos en el marco del Plan de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012. [2011/6118]
PREÁMBULO

El Plan de Vivienda 2009-2012, regulado por el Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 y por el Decreto 66/2009, de 15 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Plan Autonómico de Vivienda de la Comunitat Valenciana 2009-2012, establece un programa de ayuda al inquilino de vivienda.
De acuerdo con lo dispuesto en el primer párrafo de la disposición adicional tercera del Decreto 66/2009, de 15 de mayo, el número de actuaciones protegidas a reconocer por la Generalitat se ajustará a los objetivos establecidos con el Ministerio de Vivienda en el marco del convenio para el Plan de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012.
En el párrafo tercero de la misma disposición se establece que mediante orden del conseller competente en materia de vivienda, una vez superados los objetivos convenidos se podrán establecer las medidas que procedan para el cierre de la línea de actuaciones protegidas que se trate.
Por otra parte, la Resolución de 3 de febrero de 2011, del conseller de medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, por la que se da publicidad a los créditos que han de financiar las ayudas destinadas al Programa de Ayudas a Inquilinos, al amparo de lo regulado en el Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, y Decreto 66/2009, de 15 de mayo, del Consell, establece en su apartado tercero que los créditos publicados en dicha resolución tienen el carácter de máximos, no pudiendo concederse subvenciones una vez agotados, circunstancia ésta que habrá de publicarse en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
En el momento presente, las solicitudes de ayuda al inquilino presentadas exceden ampliamente de los objetivos adjudicados y, asimismo, el crédito previsto en la referida Resolución de 3 de febrero está agotado.
En consecuencia, a fin de no generar falsas expectativas a quienes soliciten ayudas al inquilino que no van a poder satisfacerse a causa del agotamiento tanto de los objetivos adjudicados por el Ministerio de Fomento a la Comunitat Valenciana, como del crédito publicado en la Resolución de 3 de febrero de 2011, la Generalitat, a través de la conselleria competente en la materia, como gestora responsable del Plan, debe adoptar las medidas pertinentes en este sentido.
Por todo ello, en uso de las facultades que me atribuye el Decreto 139/2009, de 18 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda y el artículo 28, apartado e), de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell,

ORDENO

Artículo único. Inadmisión de solicitudes de ayudas al inquilino
En cumplimiento de lo dispuesto en la disposición adicional tercera del Decreto 66/2009, de 15 de mayo, por la que el reconocimiento de actuaciones protegidas por parte de la Generalitat queda acotado por el número de objetivos convenidos con el Ministerio de la Vivienda para la aplicación del Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación, así como por la disponibilidad presupuestaria, y, una vez agotado el crédito de 1.000.000 de euros publicado en la Resolución de 3 de febrero de 2011, del conseller de medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, a partir de la entrada en vigor de esta orden no se admitirán a trámite nuevas solicitudes de ayudas al inquilino de viviendas con cargo al programa 2011, en el marco del Plan de Vivienda 2009-2012, reguladas por el artículo 38 del Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre y por el artículo 12 del Decreto 66/2009, de 15 de mayo.

DISPOSICIÓN FINAL

Única. Entrada en vigor
La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Valencia, 18 de mayo de 2011

El conseller de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y
Vivienda, y vicepresidente tercero del Consell,
JUAN GABRIEL COTINO FERRER

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