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RESOLUCIÓN de 27 de noviembre de 2001, del director general de Innovación Agraria y Ganadería, por la que se establecen las normas para la producción integrada en olivar, en el ámbito de la Comunidad Valenciana. [2001/A12099]

(DOGV núm. 4162 de 07.01.2002) Ref. Base Datos 0052/2002

RESOLUCIÓN de 27 de noviembre de 2001, del director general de Innovación Agraria y Ganadería, por la que se establecen las normas para la producción integrada en olivar, en el ámbito de la Comunidad Valenciana. [2001/A12099]
Según el artículo 2 de la Orden de 23 de mayo de 1997, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, sobre reglamentación de las producciones obtenidas por técnicas de agricultura integrada y de las condiciones de autorización de las entidades de control y certificación, que desarrolla el Decreto 121/1995, de 19 de junio, resuelvo:
Establecer las normas y prohibiciones que deben cumplirse, así como las recomendaciones para el cultivo del olivar bajo la denominación de producción integrada, que a continuación se especifican.
Práctica: preparación del terreno
Norma estricta o prohibición
Eliminar los restos vegetales procedentes de anteriores cultivos.
No se realizará la desinfección de suelos por métodos químicos
Para evitar problemas de asfixia radicular en suelos con riesgo de encharcamiento se plantará en mesetas de 0,50 metros de altura, aproximadamente, y de 1,00 metro de anchura en la parte superior con pendiente suave hasta su base.
Recomendación
El suelo debe responder a las siguientes características:
– pH del suelo comprendido entre 6,3 y 8,5.
– Porcentaje de caliza activa menor del 25.
– Conductividad eléctrica del extracto de saturación (Cee) menor de 4 dS/m para variedades sensibles y 6 dS/m para variedades tolerantes a la salinidad.
– Porcentaje de sodio intercambiable (PSI) menor de 20.
– En el extracto de saturación.
· Concentración de Boro inferior a 2 p.p.m.
· Y, concentración de cloruros inferior a 14 meq/l.
Profundidad:
– Al material impermeable, 60 centímetros.
– A la arena o grava, 45 centímetros.
– Y, a la caliza permeable, 25 centímetros.
Evitar zonas con factores limitantes
Práctica: nuevas plantaciones
Norma estricta o prohibición
Las plantas estarán exentas de ataques de Otiorrinchus, ácaros, cóccidos, Euzophera, Glifodes, repilo, Meloidogyne, verticilosis, mal blanco, tuberculosis y virosis.
Cuando se implanten distintas variedades, dentro de un sistema de explotación, su distribución deberá permitir el cultivo independiente de cada una de ellas.
En parcelas no abancaladas, la disposición de las filas de los árboles será aquella que minimice la erosión del terreno, siguiendo, en lo posible, las curvas de nivel.
El marco de plantación dejará un espacio libre como mínimo de 7 a 8 metros entre las filas de árboles, y la distancia será la necesaria para alcanzar densidades que no sobrepasen los 300 pies/ha.
Recomendación
– El material vegetal utilizado en las nuevas plantaciones procederá de productores oficialmente autorizados, obtenido por un método de enraizamiento bajo nebulización, con un buen sistema radicular, formado por un sólo eje con altura de alrededor de 1 metro y una edad comprendida entre 1 y 1,5 años.
– Densidades de plantación entre 200-300 pies/ha.
– Utilizar variedades resistentes a Verticillium (anexo I) en plantaciones de riego.
– Utilizar acolchado en plástico negro a lo largo de las filas, con un ancho de 0,5 metros.
– No asociar con otras especies distintas del olivar.
– En suelos salinos o calizos, elegir variedades resistentes
Práctica: enmiendas y fertilización
Norma estricta o prohibición
El programa de abonado se efectuará en función de las características de la plantación (edad, variedad, patrón, marco de plantación, producción, tipo de suelo, sistema de cultivo, etc..) y de los niveles de elementos nutritivos contenidos en el suelo y agua de riego, teniendo en cuenta el estado nutricional de la planta, definido por el análisis foliar. Para ello será obligatorio efectuar, como mínimo, un análisis de suelo por parcela homogénea, cada cinco años, otro de agua de riego, y de hojas, cada tres años. Dichos análisis se acompañarán al libro de explotación, estando a disposición de los organismos encargados de la supervisión de la producción integrada.
Al inicio del programa de producción integrada es necesario realizar los anteriores análisis.
La cantidad total del nitrógeno aportada por hectárea y año no deberá superar: en secano, 75 kilogramos en olivar tradicional (menos de 100 árboles/ha), y 100 kilogramos en olivar intensivo, y en riego, 120 y 150 kilogramos respectivamente.
La dosis máxima de fósforo no deberá sobrepasar, en secano, 60 U.F. de P205 y 90 U.F. en regadío. En el caso del potasio las dosis máximas no deberán sobrepasar 100 U.F. de k20 en secano y 150 U.F. en regadío.
Sin embargo estas cantidades podrán reducirse o incrementarse, en función de la riqueza del suelo en fósforo (anexo VIb) y potasio (anexo VIc) asimilables y la respuesta de la planta expresada por el análisis foliar (anexo VIa), según los porcentajes que se exponen en los anexos VII y VIII.
La dosis de nitrógeno mineral se establecerá por diferencia entre las necesidades totales y la cantidad de N aportado por el agua de riego, que depende de su concentración en nitrato y del volumen de agua aportada (ver anexo IX).
De forma semejante, deberá también tenerse en cuenta el N aportado por la materia orgánica del suelo (ver anexo X).
La toma de muestras de hoja se efectuará en julio y se realizará de la siguiente forma:
– Seleccionar parcelas homogéneas
– Muestrear, de cada una, 50 olivos representativos, distribuidos al azar
– Tomar, de cada árbol, 4 hojas adultas de brotaciones del crecimiento del año totalmente expandidas y de la mitad inferior del brote (3º o 4º a partir del ápice)
En secano los abonos deberán aplicarse al final del invierno, incorporándolos con una labor, o antes de unas lluvias previsibles. En regadío los abonos se aplicarán durante la primavera y el verano, para aprovechar los periodos de mayor capacidad de absorción radicular.
En las plantaciones con riego de pie, el abonado nitrogenado deberá fraccionarse, como mínimo, en dos aportaciones –una en primavera y, otra en verano– excepto en los terrenos marcadamente arenoso donde se aplicará, al menos en tres fracciones distribuidas entre ambos periodos. En plantaciones con riego localizado la fertilización se efectuará mediante abonos solubles disueltos en el agua de riego. Estos se dosificarán con alta frecuencia, que deberá ser como mínimo semanal.
Las carencias se corregirán sólo en el caso de que la sintomatología o los análisis foliares muestre un nivel deficiente (anexo núm. II)
Los abonos orgánicos y minerales deben presentar un bajo contenido en metales pesados y otros productos tóxicos, que deben corresponder a las exigencias expuestas en los anexos XI y XII.
Recomendación
Alcanzar mediante las correspondientes enmiendas orgánicas un nivel del 1% de materia orgánica en secano y un 2% en regadío.
En el caso de carencias, los tratamientos son los siguientes:
Nitrógeno: pulverización foliar de urea al 3-4% empleando un gran volumen de agua, o nitrato potásico al 2-3%.
Fósforo: pulverización foliar de fosfato monoamónico al 2-3%.
Potásico: pulverización foliar de nitrato potásico al 2,5-5% aplicados en primavera-verano y otoño sobre árboles en actividad.
Boro: pulverización foliar de borato sódico al 0,5%, antes de la floración.
Hierro: incorporación al suelo de quelatos a razón de 240 gramos de hierro metal por ha.
En años muy secos, se recomienda el abonado total por vía foliar.
Práctica: laboreo
Norma estricta o prohibición
Las prácticas de conservación del suelo se realizarán teniendo en cuenta la pendiente.
En terrenos con pendientes mayores del 10% se utilizará uno de los siguientes métodos:
– Cubierta vegetal.
– Cubierta de restos de poda triturados.
– No-laboreo con suelo desnudo.
No se utilizarán arados de vertedera y discos y, en general, de aquellos aperos que destruyen la estructura del suelo, y propician la formación de suela de labor y rompen raíces.
Las labores del suelo serán las encargadas de mantener la humedad y control de malas hierbas.
La utilización de herbicidas quedará restringida a:
– Zonas húmedas de los árboles en riego localizado durante otoño-primavera.
– Rodales de malas hierbas problemáticas
– Márgenes de parcelas
En el anexo III viene el modo de acción, comportamiento en el suelo, forma de empleo y recomendaciones para los herbicidas.
La aplicación de herbicidas se llevará a cabo en el momento de máxima sensibilidad de las malas hierbas, lo que permitirá la aplicación de las materias activas en sus dosis mínimas
Recomendación
Dejar los residuos de poda previamente triturados, incorporándolos al suelo.
Cuando se utilicen herbicidas se aconseja la rotación de materias activas con el fin de evitar la aparición de resistencias.
Mantener la zona de goteo de los árboles sin labrar.
Práctica: poda
Norma estricta o prohibición
Mantener siempre una alta relación hoja/madera y en base a las disponibilidades de agua en el suelo, mantener un adecuado volumen de copa de la plantación.
Mantener la tendencia natural de la variedad. Realizar podas racionales en función del destino de la producción.
Realizar la poda durante la parada invernal y haciendo el mínimo de heridas posibles.
En árboles jóvenes usar un producto para favorecer la cicatrización de la heridas y evitar la entrada de enfermedades y los ataques de Euzophera pinguis, que prospera en zonas con reducida afluencia de savia
Se eliminarán restos de poda.
Recomendación
– En olivar de almazara, podas severas que eliminen mucha hoja y poca madera.
– Dar lugar a árboles que carguen de madera
– Hacer adoptar al árbol formas no naturales de la especie.
– Podas que abran excesivamente el árbol, dejando las maderas al sol desprovistas de vegetación.
– Quitar madera hasta equilibrar la relación hoja/madera.
– En olivar de almazara, reequilibrar el árbol dejándolo dos años sin podar. En olivar de mesa, podas ligeras anuales.
– Permitir que las brotaciones naturales cubran de nuevo la madera y la protejan.
– Terminada la recolección, podar lo antes posible.
– Eliminar las brotaciones adventicias de las peanas y de los troncos anualmente.
Práctica: riego.
Norma estricta o prohibición
Deberá utilizarse la técnica de riego que garantice la máxima eficiencia en la utilización del agua, teniendo en cuenta todos los condicionantes de la parcela.
La cantidad de agua a utilizar en cada riego y el intervalo entre riegos deberán acomodarse a la capacidad de retención de humedad del terreno para evitar las pérdidas de agua en profundidad y la consiguiente lixiviación de nutrientes. Esta práctica deberá planificarse bajo el asesoramiento del técnico correspondiente.
En el riego localizado el número de emisores por árbol, el volumen de agua aportado por cada uno de ellos y la frecuencia de riego deberá establecerse en función de la textura del terreno, de forma que se consiga una superficie mojada a la profundidad radicular de aproximadamente el 50% del área sombreada y se eviten problemas de saturación de humedad o de pérdidas de agua en profundidad.
A partir de valores de conductividad eléctrica del agua de riego (Cew) de 2,5 dS/m, emplear una fracción de lavado complementaria a la dosis normal de riegos.
En el riego localizado, excepto en el caso de que se trate de instalaciones para riego de apoyo, el coeficiente de uniformidad del sector de riego (eficiencia de aplicación) deberá ser, como mínimo del 85%.
Se deberán mantener en buen estado de conservación los sistemas de distribución del agua, para evitar las pérdidas de recursos.
Recomendación
Se recomienda no utilizar aguas de riego que superen alguno de los siguientes valores:
– Conductividad eléctrica (Cew) 4 dS/m
– RAS 9
– Boro 2,5 p.p.m
– Bicarbonato 2,5 meq/l.
– Cloruros 14 mg/l
Utilizar la reserva de agua en el suelo en la programación del riego tradicional. El nivel de agotamiento permisible (NAP) del agua disponible se fija en 0,70.
Si la dotación de agua no es suficiente, regar toda la superficie con riego deficitario empleando un volumen mínimo de 1.000 m3/ha y año en plantaciones tradicionales y de 1.500 en plantaciones intensivas, utilizando el agua en los momentos críticos (floración y principios de maduración)
Para determinar el volumen de agua que se debe aportar en cada riego, se recomienda utilizar las lecturas de un tanque evaporimétrico, aplicando los coeficientes de cultivo (kc) siguientes:
– En invierno, 0,5
– En primavera, 0,6
– En verano, hasta finalizar el endurecimiento del hueso 0,4
– Resto del verano y otoño, 0,6
En las instalaciones de riego localizado se recomienda la utilización de materiales certificados por el programa de control y certificación desarrollado en el convenio Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación – Universidad Politécnica de Valencia.
Práctica: control integrado
Norma estricta o prohibición
La estimación del riesgo en cada parcela se hará mediante seguimientos, al menos semanales, de los niveles poblacionales o de incidencia de cada plaga o enfermedad de acuerdo con la estrategia de control integrado (anexo IV).
La aplicación de medidas directas de control sólo se efectuará cuando los niveles poblacionales superen los umbrales de intervención establecidos y, siempre, de acuerdo con la decisión del técnico correspondiente.
En el caso de resultar necesaria una intervención química, las materias activas a utilizar serán exclusivamente las incluidas en la Estrategia de Control Integrado que han sido seleccionadas, entre las autorizadas, de acuerdo con los criterios de menor clasificación, menor impacto ambiental, mayor eficacia toxicológica, menor problema de residuos, menor efecto sobre la fauna auxiliar y menor problema de resistencias.
Debe protegerse la fauna auxiliar, en particular, Scutellista cyanea y Chrysoperla carnea.
La maquinaria utilizada en las intervenciones químicas se someterá a revisión y calibrado cada tres años por organismo competente.
Queda prohibida la utilización de calendarios de tratamientos.
En el caso de tratamientos químicos:
– Se reducirá el área tratada a focos o rodales afectados por la plaga.
– Alternancia de grupos químicos.
– Queda prohibido el uso de formulaciones de categoría tóxica o muy tóxica.
– No se efectuará tratamiento cuando la velocidad del viento supere los 25 km/hora.
Recomendación
Se procurará utilizar los plaguicidas en condiciones tales que en el momento de la recolección de la aceituna el límite máximo de residuos (L.M.R.) sea inferior al 50% del legalmente establecido en la legislación española para cada materia activa.
Práctica: recolección
Norma estricta o prohibición
Iniciar la recolección de forma que la mayor parte de la cosecha se recoja en el momento óptimo. En olivar de almazara, empezar la recolección con índice de madurez 3, para que la gran mayoría de las aceitunas se cosechen con índice 4 y rendimientos en aceites propios de cada variedad y zona de producción. En olivar de mesa, efectuar la recolección, como máximo con índice 1 (ver anexo V).
En aceituna de mesa, recolección manual (ordeño) o mecanizada si no produce daño al fruto.
Separar los frutos recolectados del árbol de los caídos al suelo.
Se evitará:
– Recolecciones tardías que, además de no permitir producir aceite de calidad, puedan afectar negativamente a la cosecha del año siguiente.
– En olivar de almazara, vareos que rompan ramas y derriben un exceso de brotes, que no deberían ser superiores al 10-15% en peso de la cosecha de frutos. En olivar de mesa, el vareo bajo ninguna circunstancia.
– Atrojado que empeore la calidad del fruto, en especial si están afectadas de mosca y/o proceden del suelo.
– Transporte en sacos de plástico.
En el momento de la recolección, se tomarán suficientes muestras para analizar la posible presencia de productos fitosanitarios.
Para la aceituna de mesa, transporte en cajas o contenedores adecuados.
Recomendación
En olivar de almazara:
– Se recomienda que los daños de plaga y/o enfermedad no supere el 5% de frutos afectados.
– Recolecciones lo más tempranas posibles.
– Comenzar recolección de la variedad Blanqueta con índice 2,5-3
– Recolectar los frutos caídos al suelo inmediatamente después de producirse su caída.
– Empleo de vibrador y ordeño de la recolección.
Práctica: protección del entorno
Norma estricta o prohibición
Se tomarán las medidas oportunas para proteger la flora y fauna de las áreas próximas a la plantación. Las precauciones que se adopten en este sentido, en función de cada situación concreta, deberán figurar en el libro de la explotación.
Se prohibe el vertido de los productos agroquímicos sobrantes y de los líquidos procedentes de la limpieza de la maquinaria empleada en los tratamientos, a las aguas de canales, acequias, ríos, pozos, etc...
Los envoltorios, envases y recipientes de productos de uso agrícolas no deberán abandonarse en la parcela ni en sus inmediaciones, sino que se recogerán y eliminarán a través de los cauces establecidos para el vertido de residuos.
Práctica: libro de explotación
Norma estricta o prohibición
Los agricultores que se incorporen a la producción integrada deberán proveerse del libro de explotación, según el modelo aprobado por la CAPA.
En este libro se anotarán con suficiente detalle todas las labores e incidencias del cultivo, en las fechas en que se han realizado o producido. Su puesta al día deberá efectuarse al menos semanalmente.
El agricultor o el técnico responsable de la explotación en régimen de producción integrada se responsabilizará, con su firma, de la veracidad de las operaciones registradas en el libro.
Este libro estará siempre disponible para su inspección por la entidad de certificación y control (ECC) de la Producción Integrada correspondiente, o por los servicios oficiales. A tal efecto podrá reclamarse en cualquier momento y sin aviso previo.
Al libro de explotación deberá adjuntarse la documentación que acredite las prácticas de cultivo (facturas, etc...) así como los resultados de los análisis exigidos. La ECC y la administración tendrán libre acceso a las parcelas de Producción Integrada para efectuar las comprobaciones oportunas.

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