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RESOLUCIÓN de 14 de febrero de 2008, de los directores generales de Investigación y Tecnología Agroalimentaria, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, y de Salud Pública, de la Conselleria de Sanidad, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del 20 de diciembre de 2007, de la Comisión para el Desarrollo y Aplicación de la Reglamentación sobre Plaguicidas, por el que se establecen el contenido y duración del curso para la obtención del carnet de manipulador de plaguicidas nivel especial dicloropropeno y cloropicrina. [2008/2772]

(DOGV núm. 5720 de 10.03.2008) Ref. Base Datos 003066/2008

RESOLUCIÓN de 14 de febrero de 2008, de los directores generales de Investigación y Tecnología Agroalimentaria, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, y de Salud Pública, de la Conselleria de Sanidad, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del 20 de diciembre de 2007, de la Comisión para el Desarrollo y Aplicación de la Reglamentación sobre Plaguicidas, por el que se establecen el contenido y duración del curso para la obtención del carnet de manipulador de plaguicidas nivel especial dicloropropeno y cloropicrina. [2008/2772]
El artículo 3.2 del Decreto 27/2007, de 2 de marzo, del Consell, por el que se regulan los carnés de manipulador de plaguicidas de uso fitosanitario en la Comunitat Valenciana, establece que las consellerias de Sanidad y de Agricultura, Pesca y Alimentación, a propuesta de la Comisión para el Desarrollo y Aplicación de la Reglamentación Técnico-Sanitaria sobre Plaguicidas podrán arbitrar cursos, correspondientes a niveles especiales, para la aplicación de determinados productos, cuando sus características de toxicidad, otros efectos o condiciones de manipulación lo hagan aconsejable.
La citada Comisión, en su reunión del pasado 20 de diciembre de 2007, adoptó el Acuerdo relativo al contenido y duración del curso para la obtención del carnet de manipulador de plaguicidas nivel especial dicloropropeno y cloropicrina, que se ha elevado a las Direcciones Generales de Investigación y Tecnología Agroalimentaria, y de Salud Pública, competentes en la materia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.1 del Decreto 121/2007, de 27 de julio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, y en el artículo 11 del Decreto 120/2007, de 27 de julio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la conselleria de Sanidad.
En su virtud, resolvemos hacer público el Acuerdo del 20 de diciembre de 2007, de la Comisión para el Desarrollo y Aplicación de la Reglamentación sobre Plaguicidas, por el que se establecen el contenido y duración del curso para la obtención del carnet de manipulador de plaguicidas nivel especial dicloropropeno y cloropicrina, para general conocimiento, y de acuerdo con lo dispuesto en el citado artículo 3.2. del Decreto 27/2007, de 2 de marzo, del Consell, por el que se regulan los carnés de manipulador de plaguicidas de uso fitosanitario en la Comunitat Valenciana, que se inserta como documento anejo a la presente resolución.
Valencia, 14 de febrero de 2008
El director general de Investigación y Tecnología Agroalimentaria, p. s. (art. 3 Decreto 121/2007), el secretario autonómico de Agricultura, Pesca y Alimentación. Vicente Riera Balbastre
El director general de salud pública. Manuel Escolano Puig
Documento anejo
«Acuerdo del día 20 de diciembre de 2007, de la Comisión para el Desarrollo y Aplicación de la Reglamentación sobre Plaguicidas por el que se establecen el contenido y duración del curso para la obtención del carnet de manipulador de plaguicidas nivel especial dicloropropeno y cloropicrina.
El Decreto 27/2007, de 02 de marzo, del Consell, por el que se regulan los carnets de manipulador de plaguicidas de uso fitosanitario en la Comunidad Valenciana, establece que los aplicadores de plaguicidas y personal de establecimientos y servicios plaguicidas de uso fitosanitario, además de cumplir lo reglamentado en las disposiciones vigentes, deberán estar en posesión del correspondiente carnet de manipulador de plaguicidas de uso fitosanitario.
En el mismo decreto se establece en su artículo 3.2 que la Comisión para el Desarrollo y Aplicación de la Reglamentación Técnico-Sanitaria sobre Plaguicidas podrá proponer cursos correspondientes a niveles especiales, para la aplicación de determinados productos, cuando sus características de toxicidad, otros efectos o condiciones de manipulación lo hagan aconsejable.
La citada Comisión considera que la utilización de dicloropropeno y cloropicrina para la desinfección de suelos agrícolas reúne dichos requisitos.
De conformidad con todo lo expuesto, se acuerda:
Primero
Crear el carnet de manipulador de plaguicidas de uso fitosanitario nivel especial dicloropropeno y cloropicrina conforme al artículo 3.1.d y 3.2 del Decreto 27/2007 y al artículo 10.3.4 del Real Decreto 3349/1983.
Segundo
Para la obtención de los carnets de manipulador de plaguicidas de uso fitosanitario nivel especial dicloropropeno y cloropicrina, será necesario el cumplimiento del requisito de superar el correspondiente curso de capacitación regulado en el presente acuerdo.
Tercero
Cada curso para la obtención del mencionado carnet tendrá una duración mínima de veintiséis horas. Para superarlo en todos los casos será necesario haber asistido a la totalidad de las horas lectivas y demostrar su aprovechamiento a través de la realización de una prueba objetiva.
La Comisión para el Desarrollo y Aplicación de la Reglamentación Técnico-Sanitaria sobre Plaguicidas hará pública la convocatoria de estos cursos como mínimo una vez al año.
Cuarto
Los carnets de manipulador de plaguicidas de uso fitosanitario nivel especial dicloropropeno y cloropicrina serán expedidos por el órgano directivo que tenga atribuidas las competencias en materia de sanidad vegetal e inspección fitosanitaria, de la conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación. El carnet tendrá un validez de 10 años contados a partir de la fecha de emisión.
Quinto
Lo dispuesto en el presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Anexo I
Contenidos del curso para la obtención del carnet de manipulador de plaguicidas de uso fitosanitario niveles especial dicloropropeno y cloropicrina
1. Problemáticas fitosanitarias: De los suelos agrícolas, hongos, bacterias, nematodos, insectos, malas hierbas y micromamíferos.
2. Propiedades, modos y espectro de acción del dicloropropeno y cloropicrina
3. Transporte, almacenamiento y manipulación de fumigantes.
4. Peligrosidad y riesgos específicos para la salud. Primeros auxilios.
5. Detectores de gases, mascaras filtros, otros elementos de seguridad.
6. Mantenimiento de los elementos y equipos de seguridad.
7. Relación trabajo-salud. Normativa sobre prevención de riesgos laborales.
8. Interpretación de etiquetado y de las fichas de seguridad.
9. Legislación especifica sobre fumigantes y su aplicación.
10. Factores a considerar en la aplicación de los distintos fumigantes.
11. Técnicas de fumigación.
12. Mantenimiento, regulación, calibración y revisión de los equipos.
13. Principios de trazabilidad. Requisitos en materia de higiene de los alimentos y piensos.
14. Seguridad social agraria.
15. buena practica fitosanitaria. (Métodos alternativos: vapor, solarización)
16. Planificación de las fumigaciones: aspectos a considerar.
17. preparado y señalización de las mercancías, recintos y zonas a fumigar.
18. practicas de fumigación

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