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CORRECCIÓN de errores de la Orden 25/2011, de 30 de diciembre, de la Conselleria de Justicia y Bienestar Social, por la que se convocan, para el año 2012, subvenciones a organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD), para la cofinanciación de proyectos y microproyectos de cooperación internacional para el desarrollo a ejecutar en países y poblaciones estructuralmente empobrecidos. [2012/568]

(DOGV núm. 6697 de 23.01.2012) Ref. Base Datos 000799/2012

CORRECCIÓN de errores de la Orden 25/2011, de 30 de diciembre, de la Conselleria de Justicia y Bienestar Social, por la que se convocan, para el año 2012, subvenciones a organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD), para la cofinanciación de proyectos y microproyectos de cooperación internacional para el desarrollo a ejecutar en países y poblaciones estructuralmente empobrecidos. [2012/568]
Advertidos errores en la publicación de la citada orden (DOCV núm. 6691, de 13.01.2012), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a efectuar la siguiente corrección:

Primero
En punto 2, la base tercera, del anexo I de la orden, donde dice:
«2. Prioridades geográficas. Los países prioritarios para la ejecución de proyectos en materia de desarrollo serán:
a) América Central y Caribe: Cuba y República Dominicana
b) Sudamérica: Argentina, Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú.
c) África Subsahariana: Guinea Ecuatorial y Senegal.
d) Magreb: Argelia y Marruecos»;
Debe decir:
«2. Prioridades geográficas. Los países prioritarios para la ejecución de proyectos en materia de desarrollo serán:
Países prioritarios:
a) América Central y Caribe: El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, República Dominicana y Haití.
b) Sudamérica: Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú.
c) África Subsahariana: Angola, Benin, Burkina-Faso, Etiopía, Kenia, Mozambique, Uganda y Ruanda.
d) Magreb y Oriente Medio: Argelia, Marruecos, la población saharaui y los Territorios Palestinos.
e) Asia: India.
Países de atención específica:
a) América Central y Caribe: Cuba, México, Panamá.
b) Sudamérica: Argentina, Brasil y Paraguay.
c) África Subsahariana: Camerún, Chad, Costa de Marfil, Guinea Bissau, Guinea Ecuatorial, Malí, Níger, República Democrática del Congo, Senegal, Sierra Leona y Sudán.
d) Magreb y Oriente Medio: Jordania, Mauritania y Túnez.
e) Asia: Bangladesh, Filipinas y Thailandia.».

Segundo
El plazo de presentación de solicitudes recogido en la base 5ª punto 3, contará a partir del día siguiente a la publicación de esta corrección en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. Aquellos que presentarán instancia en el plazo abierto por la Orden 25/2011, de 30 de diciembre, no deberán presentar nuevamente instancia, siendo válidas las presentadas en dicho plazo.

Valencia, 18 de enero de 2012.- El conseller de Justicia y Bienestar Social: Jorge Cabré Rico.

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